España advierte a Estrasburgo de que la 'doctrina Atristain' pone en peligro la lucha antiterrorista

Admite que su consolidación podría llevar a la «revisión y posible anulación» de futuros juicios

David Guadilla

Sábado, 21 de mayo 2022, 12:28

La Abogacía del Estado advirtió en su recurso al Tribunal Europeo de Derechos Humanos de que si la 'doctrina Atristain' se consolidaba podría ser invocada como precedente en futuros juicios para invalidarlos, así como perjudicar la lucha antiterrorista. Xabier Atristain fue condenado a 17 años ... de prisión por pertenencia a banda armada, entre otros delitos. Recurrió la condena con el argumento de que durante la etapa que permaneció incomunicado no pudo contar con la asistencia de su propio abogado, sino con uno del turno de oficio. Estrasburgo le dio la razón a principios de año, la Abogacía del Estado recurrió, pero el TEDH hizo firme la sentencia hace unas semanas.

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La gran duda es qué efectos tendrá la sentencia. La AVT teme que pueda pasar como con la 'doctrina Parot', cuya derogación en 2013 conllevó la excarcelación de decenas de etarras. La izquierda abertzale espera un escenario similar. De hecho, el propio Atristain compareció en la sede de Sortu acompañado por Arkaitz Rodríguez. A la espera de lo que se resuelva en futuros recursos, la duda es si a partir de ahora todos los casos similares que quedan por juzgar serán invalidados y si tendrá carácter retroactivo. El argumento por el que se solía evitar que los presos etarras fuesen atendidos en un primer momento por sus propios letrados es que, según las fuerzas de seguridad, se había demostrado que algunos abogados formaban parte de la estructura de la banda. La Abogacía del Estado había trasladado a las víctimas, en todo caso, que estuviesen tranquilas y que el 'caso Atristrain' no es extrapolable a más procesos. Pero ahora no está del todo claro porque los escritos remitidos a Estrasburgo apuntaban en otra dirección.

En los textos, a los que ha tenido acceso Europa Press, los Servicios Jurídicos del Estado aseguran que se habían cumplido todas las garantías legales con Xabier Atristain, pero van más allá, porque avisan de que «la consolidación de la doctrina contenida en la sentencia contra España podría llevar a una revisión y posible anulación de los futuros juicios nacionales en los que se analice la responsabilidad penal de las personas acusadas de delitos terroristas cuando las nuevas declaraciones realizadas por el acusado contradigan las hechas previamente en presencia de su abogado de oficio, a pesar de la existencia de otras pruebas».

En un paso más, alertó de que «la mala aplicación en la sentencia de la jurisprudencia del TEDH no solo constituye un precedente erróneo que podría afectar a la consistencia y a la coherencia de la evolución de esta jurisprudencia, sino que también suscita serias cuestiones de importancia general, ya que podría afectar negativamente, más allá de lo que sería razonable, a la lucha contra el terrorismo».

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En este sentido, recordó que «el terrorismo es un problema global que ha causado un número muy elevado de víctimas en España como resultado de los múltiples ataques de ETA», reivindicando que las autoridades deben poder contar con «medidas legales que aumenten la eficacia de su persecución para evitar la comisión de atentados».

«Elemento diferencial»

España entiende que hay un «elemento diferencial» en los casos de terrorismo que debe tenerse en cuenta a la hora de interpretar el derecho a un proceso con todas las garantías, el cual justificaría adoptar «precauciones extremas para impedir que las investigaciones policiales acaben frustradas». «En particular, el régimen de incomunicación de un detenido como sospechoso de pertenecer a una organización terrorista y la designación de un abogado de oficio están destinados a evitar la posible ocultación de las fuentes de prueba en base a la posible colusión entre los abogados de libre elección», apuntó.

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Con Atristain, aseveró la Abogacía del Estado, «existían buenas razones, que se mostraron ciertas, para acordar la detención incomunicado». En primer lugar, porque había sospechas fundadas de que «era miembro de la banda terrorista ETA, responsable de casi 900 asesinatos en España». En segundo, porque se creía que «era responsable de ocultar armas y materiales para confeccionar potentes artefactos explosivos, que debían ponerse a buen recaudo para evitar la perpetración de nuevos atentados o la ocultación del material».

«Si no hubiera sido aplicado el régimen de incomunicación», afirmó España, Atristain «podría haber entrado en contacto con personas de la organización terrorista, por sí mismo o por terceros, para frustrar la aprehensión de las armas y explosivos, y para acelerar la comisión de un sangriento atentado en el que se utilizaran los mismos»; y «se habría puesto en alerta a otras personas conocedoras de la existencia de los escondites y de su ubicación, que podrían haber destruido las pruebas».

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