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Urgente Grandes retenciones en Rontegi, La Avanzada y el Txorierri por un accidente entre dos vehículos

Se ha promulgado ya el Real Decreto-Ley 32/2021 sobre la reforma laboral. La figura del decreto-ley está contemplada en el artículo 86 de la Constitución, donde se faculta al Ejecutivo para dictar normas con rango de ley, constituyendo una excepción a la ... norma general que atribuye a las Cortes la potestad legislativa. De ahí que se imponga a esta figura una triple limitación: que la regulación sea de «extraordinaria y urgente necesidad»; que no pueda referirse a materias excluidas; y, por último, su carácter de «norma provisional». El decreto-ley ya está vigente, pero precisa superar el trámite de convalidación para que deje de ser provisional. Existe un plazo de 30 días para que el Congreso se pronuncie. Es un debate de totalidad donde no cabe introducir modificaciones y el voto negativo se entiende como derogación. Si los votos favorables son superiores a los contrarios, se entenderá convalidado el real-decreto. En caso contrario, desaparecerá del ordenamiento. Si el Congreso lo convalida, en ese instante, cualquier grupo puede pedir que se tramite como un proyecto de ley. En tal caso, se someterá a votación requiriéndose mayoría simple. Aprobada la solicitud, el decreto-ley se tramitará como proyecto de ley, donde ya no serán admisibles las enmiendas a la totalidad.

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