![Colaboración vasco navarra](https://s2.ppllstatics.com/elcorreo/www/multimedia/202112/10/media/cortadas/gurrutxaga10-k80D-U160204739939JcD-1248x770@El%20Correo.jpg)
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Hoy se firmará en Pamplona el protocolo de colaboración general entre Navarra y Euskadi por la presidenta Chivite y el lehendakari Urkullu. Este acuerdo viene a ampliar y actualizar el protocolo suscrito hace cinco años por Uxue Barkos y Urkullu, que preveía dieciocho ámbitos de ... colaboración, materializados algunos de ellos en diversos convenios específicos. Anteriormente la colaboración se había restablecido en 2009 con el acuerdo firmado por el presidente Sanz y el lehendakari López, tras 13 años de desencuentros. Los protocolos de colaboración vienen dando cuerpo a la idea de la 'relación permanente' entre dos comunidades que han mantenido tradicionalmente un vínculo especial, no sólo por su condición de territorios limítrofes, sino también y sobre todo debido a la afinidad histórica, cultural, lingüística y socioeconómica que les permite compartir intereses y abordar retos y desafíos comunes.
A falta de un instrumento jurídico-político más efectivo y eficaz, como podría haber sido el «órgano de colaboración permanente» entre ambas comunidades, previsto en los acuerdos de 1995, los protocolos de colaboración han permitido, por una parte, consolidar una situación de normalidad institucional y, por otra parte, generar respeto y confianza entre dos comunidades cuyos vínculos históricos, lingüísticos y culturales son innegables. Negar esos vínculos es como negar la dimensión vasca, cultural y lingüísticamente hablando, de la sociedad navarra, no sólo en su vertiente histórica sino también como realidad presente y viva en una parte importante de la población navarra.
Los instrumentos jurídicos para la materialización de las relaciones de colaboración están previstos en el ordenamiento. También el marco constitucional y foral contemplan el mecanismo para poder abordar la constitución de una comunidad política mediante la figura de la «incorporación» de Navarra al régimen autonómico vasco, conforme prevé la Disposición Transitoria Cuarta de la Constitución que reconoce a los navarros la facultad de decidir esta incorporación. La Ley de Amejoramiento contempla también el derecho a la separación si se hubiera producido la incorporación. El mantenimiento de esta disposición, técnicamente mal ubicada como transitoria, es indiscutible desde el punto de vista democrático al dejar única y exclusivamente en la voluntad de los navarros la decisión y no en otras instancias.
Tampoco se puede considerar un derecho agotado, pues su razón de ser tiene que ver con la propia naturaleza plural constitutiva de Navarra, pues como afirmaba Jaime Ignacio del Burgo, autor intelectual de esta disposición, la cuestión no estriba en que haya una columna del nacionalismo vasco que se haya infiltrado en Navarra, sino en que «hay ciudadanos navarros que quieren ser Euskadi. Entonces, mientras eso ocurra, es evidente que algún procedimiento democrático tiene que existir». Qué mejor que sea el pueblo navarro el único legitimado para tal decisión.
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