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Es bien sabido que la Constitución no establece un modelo de la llamada «democracia militante» que, en otros sistemas constitucionales, introduce claúsulas que excluyen de la reforma constitucional determinados elementos de la configuración del Estado (unidad e integridad territorial, forma republicana de gobierno, federalismo). En ... España, todo sería posible -por eso para algunos nada será suficiente- y con tal de que respete el procedimiento establecido, incluidas las mayorías cualificadas que dispone la Constitución, no habría limites sustanciales a la modificación constitucional. Aquí, la Constitución, simplemente hay que acatarla; en los modelos europeos de «democracia militante» se exige además adhesión a los principios constitucionales para poder participar en el juego político.
Esta singularidad de nuestro sistema político, junto con la doctrina que elaboró el Tribunal Supremo de Canadá sobre las condiciones del referéndum de secesión en la provincia de Quebec, parecen replantear el asunto de la reivindicación independentista en Cataluña sacándolo del terreno del reconocimiento identitario para llevarlo al del principio democrático. Según esto, Cataluña -y lo mismo podría decirse del País Vasco- no tiene derecho a la autodeterminación, pero el principio democrático llevaría a atender tal reivindicación si una mayoría clara de la población se expresara en ese sentido de manera consistente.
Las especulaciones sobre la posibilidad de un referéndum consultivo limitado al ámbito catalán para que los catalanes sean escuchados -como si hubieran estado reducidos al silencio hasta ahora- ofrece ese aroma quebequés hasta el punto de que profundizar en lo que podemos denominar el argumento democrático resulta pertinente.
Para empezar, uno tendría que manifestar serias dudas ante la posibilidad de una consulta territorializada al amparo del artículo 92 de la Constitución, que establece que «Las decisiones políticas de especial trascendencia podrán ser sometidas a referéndum consultivo de todos los ciudadanos». La redacción parece bastante concluyente, más aún teniendo en cuenta que, según el Tribunal Constitucional, la ciudadanía no se puede territorializar y, por tanto, «todos los ciudadanos» equivale a «todos los españoles».
Dicho lo anterior, ¿la reforma constitucional no tiene más límites que los estrictamente procedimentales? Parece discutible. Para empezar, los derechos fundamentales y el respeto al pluralismo político. No es imaginable una reforma que por mucho que contara con las mayorías necesarias derogara el derecho a la inviolabilidad del domicilio o la libertad de expresión. El Tribunal Europeo de Derechos Humanos precisó este punto esencial en su sentencia sobre la ilegalización de Herri Batasuna cuando condicionó la legitimidad de reivindicar un cambio en las estructuras constitucionales del Estado no solo a que los medios sean legales y democráticos, sino a que el cambio propuesto sea en sí mismo compatible con los principios democráticos fundamentales.
¿Y la unidad? Pues no es una simple cuestión de procedimiento. Sería tanto como afirmar que la Constitución es indiferente hacia la unidad de España. Lo cierto, sin embargo, es que su artículo 2 dice ni más ni menos que «la Constitución se fundamenta en la indisoluble unidad de la Nación española». Podía haber dicho otra cosa, pero va más allá y afirma fundamentarse en la unidad. No hay que forzar el razonamiento para concluir que si esa unidad se quebrara, la Constitución perdería su fundamento; es decir, quedaría destruida, porque la unidad es parte esencial del pacto constituyente. Podrá haber otra Constitución, con otro sujeto soberano resultante de la secesión de uno de sus territorios, pero no será ya la Constitución de 1978, esa que también en su artículo 2 «reconoce y garantiza el derecho a la autonomía de las nacionalidades y regiones que la integran».
Por eso el argumento procedimental debe ser muy matizado. De la misma manera, el argumento democrático debería no olvidar que en el País Vasco décadas de terror contra los no nacionalistas han causado una verdadera limpieza ideológica que ha mutilado el cuerpo electoral. En Cataluña, un Gobierno sectario que ha utilizado y sigue utilizando recursos sin tasa y medios públicos sin reparo para promover una causa estrictamente partidista ha asfixiado la expresión del pluralismo convirtiéndola en disidencia. Y así, no. Fabricarse un pueblo a medida, como pretende el nacionalismo, para luego transformarlo en el sujeto exclusivo de decisión es todo menos democrático.
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