La ofensiva militar rusa contra el pueblo de Ucrania ha conmocionado al mundo entero. Desde el final de la II Guerra Mundial no se vivía una conflagración bélica de esta escala en Europa. El orden global se encuentra amenazado y el riesgo de un conflicto ... nuclear vuelve a ser, como en tiempos de la 'guerra fría', una preocupación de los ciudadanos. A todo lo anterior se añade una crisis humanitaria sin precedentes, cuya gravedad empeorará a medida que continúe y se intensifique la ofensiva militar rusa. Sobrecogidos, impactados, con un sentimiento mezcla de impotencia, de preocupación y de enfado ante las imágenes que cada día nos llegan. Así vivimos los ciudadanos europeos esta guerra en pleno siglo XXI que trastoca todo el tablero geoestratégico mundial.
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Se nos olvida pronto que, comparados con la guerra, todos los demás problemas son secundarios. Lo han puesto en práctica históricamente mandatarios de muchos estados -EE UU fue un claro ejemplo en la era de la dinastía Bush y ahora es Rusia, con Putin al frente, quien nos hace revivir este menosprecio a la legalidad internacional-, siempre aderezados de propaganda patriótica, buscando el apoyo, la adhesión inquebrantable y acrítica de la población. Ello les permite centralizar el poder, censurar la prensa e ignorar los derechos fundamentales.
Como ha señalado acertadamente el analista internacional Andrés Ortega, el progresivo expansionismo de la OTAN ha sido entendido por el dirigente ruso como un ataque a su integridad territorial; desde entonces Putin ha ido avanzado en la reconstrucción de sus fuerzas armadas, del espacio post-soviético, un espacio imperial ruso, no comunista, y en la acumulación de reservas financieras. El último paso, la agresión e invasión de Ucrania, nos aboca a una nueva 'guerra fría' que se sitúa en un contexto de globalización e interdependencia y con el factor añadido de una China convertida en superpotencia. Pekín podría acabar actuando como intermediario con Moscú para buscar una salida a esta guerra que no le gusta.
Resulta muy difícil realizar una prospección, pero cabría aventurar que este conflicto nos sitúa ante una discontinuidad histórica. Asistimos a uno de esos momentos históricos 'bisagra' que constituyen puntos de inflexión en la dimensión geopolítica mundial. ¿Acabaremos los europeos gestando un sistema propio de defensa? ¿Qué efecto tendrá sobre la globalización? ¿Se alterarán las dependencias energéticas preexistentes?. Junto a todo ello no hay que olvidar que la otra batalla latente se juega en el terreno ideológico. Ya no se disputa tanto la hegemonía entre comunismo y capitalismo; en realidad la amenaza se ciñe sobre el sistema democrático liberal frente al autocrático.
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Tras la aprobación de la resolución de condena a Rusia en la asamblea general de la ONU -testimonial porque no puede ser objeto de ejecución alguna, pero ni mucho menos irrelevante desde el plano geopolítico mundial-, cabe analizar la dimensión de la legalidad internacional que rodea al bárbaro ataque ruso. Y cabe afirmar que, tal y como ha ocurrido tristemente en precedentes protagonizados por Estados Unidos y otros países occidentales, constituye una violación de la prohibición del uso de la fuerza (artículo 2.4 de la Carta de las Naciones Unidas). Una agresión injustificada -pese a que Putin aluda a la protección de la integridad territorial de su Estado, una especie de legítima defensa- que infringe el derecho a la igualdad soberana de Ucrania, y atenta contra el obligado respeto a su integridad territorial y a su independencia política protegidos por la Carta.
Además, esta agresión militar rusa supone un ataque tanto a los propósitos de la ONU sobre el mantenimiento de la paz (art. 1) como a otros principios esenciales del ordenamiento jurídico internacional, como la obligación de resolver las controversias por medios pacíficos (art. 2.3) y la prohibición de la intervención en los asuntos internos de otros estados.
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Las únicas excepciones que el Derecho Internacional admite a la prohibición del uso de la fuerza son la legítima defensa -cuya invocación exige responder a un previo ataque armado, conforme al artículo 51 de la Carta- y la autorización del Consejo de Seguridad. Las justificaciones aducidas por Rusia carecen de fundamento jurídico y no pueden encuadrarse en estas excepciones.
El Derecho Internacional consagra la regla máxima de nulidad radical de todos los efectos de una adquisición territorial realizada mediante la amenaza o el uso de la fuerza. Las modificaciones territoriales realizadas por la fuerza no pueden reconocerse ni originar nuevos estados, como se pretende llevar a cabo en Donetsk y Lugansk.
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No debe haber nunca diferentes varas de medir. La sociedad internacional debe regirse por las reglas seguras y ciertas del Derecho Internacional que los estados se han dado a sí mismos con el fin de asegurar unas relaciones internacionales pacíficas, previsibles, estables y justas.
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