¿Normalidad institucional en Cataluña?
Profesor de Derecho Constitucional de la Universidad de Cantabria ·
El presidente Sánchez tiene previsto reunirse con Torra. No parece que la inseguridad que genera su actual situación lo haga muy oportunoSecciones
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Profesor de Derecho Constitucional de la Universidad de Cantabria ·
El presidente Sánchez tiene previsto reunirse con Torra. No parece que la inseguridad que genera su actual situación lo haga muy oportunoTorra acaba de anunciar que próximamente disolverá el Parlament de Cataluña y convocará elecciones. Lo hace en virtud del artículo 75 del Estatuto, que dispone la posibilidad de disolución anticipada previa deliberación del Gobierno de la Generalitat. El anuncio se realiza después de que Torrent ... y la Mesa del Parlament decidieran no desobedecer la sentencia de inhabilitación del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña y la decisión de la Junta Electoral de constatar dicha inhabilitación, de acuerdo a lo especificado en el art. 6 de la LOREG. Se acaba -en principio- con la coalición iniciada en 2012, cuando a partir de aquellas improvisadas y nefastas elecciones convocadas por Arthur Mas, ERC y CiU consensuaron un programa independentista -casi siempre apoyado por las CUP- que culminó con un golpe contra la Constitución y el posterior enjuiciamiento de destacados líderes secesionistas.
Tras su pérdida de condición de diputado, Torra tenía difícil continuar como presidente de la Generalitat. Los ímprobos esfuerzos interpretativos de algunos juristas, casi siempre a favor de obra, no evitan una cierta perplejidad ante una realidad normativa que me parece insoslayable: la Constitución (art. 152) y el Estatuto (art. 67) prescriben que los presidentes autonómicos solo pueden ser elegidos entre los miembros del respectivo Parlamento. La inexistencia de un cese específico por la pérdida de condición de diputado, no deja de ser un supuesto no previsto por el legislador estatutario, presentándose dicha condición como un límite explícito -más allá de la geografía organizativa del Estatuto- al ejercicio del cargo presidencial y al derecho de participación del art. 23 CE. Para que Torra deje de ser presidente de la Generalitat se necesita que el Parlament reconozca esta verdad incómoda y actúe en consecuencia poniendo en marcha alguno de los supuestos de responsabilidad. Obviamente, no ocurrirá.
De la declaración de Torra llama la atención que haya anunciado la disolución a expensas de que el Parlament apruebe los Presupuestos. Se apela, en tal sentido, a la estabilidad institucional. La Generalitat ha logrado aprobar cuatro Presupuestos desde 2012, llegando a tener años casi completamente perdidos en lo que a la praxis legislativa se refiere (2016, 2018 y 2019).
Desde el año 2010 no se agota ninguna legislatura y se ha recurrido a candidatos ajenos a las campañas electorales para alcanzar extravagantes investiduras con el objeto de tejer el consenso de los partidos independentistas. El golpe de otoño de 2017 desembocó en la aplicación del art. 155 CE, medida inaudita en la historia constitucional reciente española y europea, provocando con posterioridad una farsa administrativa y política propiciada tanto por un Gobierno central escaso de ideas y determinación, como por una Generalitat que, lamentablemente, no ha querido asumir que la partida de la secesión estaba hace tiempo perdida.
Es importante constatar, asimismo, que la disolución del Parlament no será ni mucho menos inmediata. En primer lugar, el Gobierno autonómico aprobará el proyecto de Presupuestos. Con posterioridad, tendrá lugar una tramitación parlamentaria que puede ir más allá de los dos meses, si se da el caso, además, de que algún grupo parlamentario pide un dictamen al Consejo de Garantías. De aprobarse la ley, se realizará el decreto de disolución, teniendo que esperarse, porque así lo prescribe la propia LOREG, otros 54 días hasta las elecciones. Una vez celebradas estas últimas, el Gobierno autonómico y su presidente entrarán en funciones hasta que se produzca la investidura.
Por lo tanto, queda bastante tiempo hasta que Torra, del que cabe dudar que a estas horas siga siendo presidente de acuerdo a la interpretación más arriba realizada, deje el Palau de la Generalitat. Hasta entonces, al menos habrá dos certezas: Puigdemont, al parecer, tendrá su DNI caducado, con lo que es poco probable que pueda ser el candidato de algún partido. Por otro lado, habrá finalizado el periodo de inhabilitación de Mas, el gran responsable del caos político que vive Cataluña desde hace ocho años. En cualquier caso, no hay que descartar que Torra sea definitivamente inhabilitado en su condición de presidente, como consecuencia de la sentencia firme de la sala de lo penal del Tribunal Supremo.
El presidente Sánchez tiene previsto reunirse con Torra. No parece que la inseguridad que genera su actual situación jurídica lo haga muy oportuno. Si el Gobierno central y la mayoría que lo sostiene desean retomar el diálogo reconstruyendo el infausto tripartito con ERC, debieran, en mi opinión, exigir previamente que las autoridades de la Generalitat y sus órganos vuelvan a la lealtad, normalidad y neutralidad institucional. Este es el suelo ético y político indispensable para una negociación que, en definitiva, tendrá que producirse si se quiere acabar con el desafío territorial al menos para una generación.
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