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La entrada en prisión provisional en la cárcel cántabra de El Dueso de dos personas con aspecto de hombre, investigadas por tentativa de homicidio y lesiones graves, que portaban sendos DNI acreditativos de un cambio de sexo registral ha vuelto a suscitar sospechas sobre la ... eventual utilización de las posibilidades que ofrece la 'ley trans', vigente desde hace un año, para cambios de identidad que permitan eludir o atenuar la acción de la Justicia. Sobre todo, después de que ambas reclusas manifestaran al ser internadas su condición de lesbianas. El articulado de la norma no permite que los hechos delictivos asociados a la violencia de género o contra la libertad sexual, o cualesquiera otros, sean juzgados atendiendo a una identidad distinta a la que los acusados mantenían en el momento que presuntamente los cometieron. Al margen de que sus supuestos autores puedan considerar que un cambio de sexo registral o una declaración sobre su nueva condición de género o de orientación sexual les convenga como estrategia de defensa alegando, por ejemplo, que cuando se perpetró el ilícito penal se encontraban en un proceso de transición. Tampoco cabe descartar que tales modificaciones de identidad lleven en algún caso a condicionar total o parcialmente el parecer de jueces y magistrados.
Sin embargo, tanto la normativa penitenciaria como las propias limitaciones físicas de los centros de esa índole y de detención pueden brindar oportunidades para que el cambio de sexo registral, unido o no a una declaración de homosexualidad, lleven a un recluso dado a incurrir en un fraude de ley con el ánimo de mantener durante su tiempo en prisión privilegios y relaciones a los que en otras circunstancias no podría acceder. Con los problemas que ello pueda conllevar para la convivencia en las cárceles.
Pero por llamativos e incluso sospechosos que sean los cambios de sexo registral en medio de un procedimiento penal, disciplinario o por parte de una persona interna en un centro penitenciario, la autodeterminación de género plantea problemas generales que un año de vigencia de la ley no permite catalogar en detalle. Problemas referidos precisamente a la búsqueda de la identidad propia y del equilibrio psicológico y emocional, que la supresión legal de la disforia de género no posibilita superar por ensalmo, como cada día constatan tantos jóvenes, progenitores, educadores y terapeutas.
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