![Amnistía, revés anunciado](https://s3.ppllstatics.com/elcorreo/www/multimedia/2024/07/02/opi-editorial-1-kt0F-U220598386224U8H-1200x840@El%20Correo.jpg)
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La aplicación de la ley de amnistía está sujeta a la interpretación que de su articulado hagan jueces e instancias judiciales y a la revisión a la que en su caso procedan el Constitucional y el Tribunal de Justicia europeo. El auto del instructor del ... Supremo Pablo Llarena que desestima la concesión de la amnistía a Carles Puigdemont, Toni Comín y Lluís Puig y mantiene las órdenes de detención, así como la resolución de la Sala de lo Penal del alto tribunal que declara no amnistiado el delito de malversación para Oriol Junqueras y otros condenados por tal ilícito, han confirmado las previsiones. Era sabido que la norma presentaba aspectos especialmente discutibles, como su aplicación a los delitos de malversación o de terrorismo. Llarena y la Sala que encabeza Manuel Marchena se oponen a que la malversación sea amnistiada con el argumento de que el dinero del erario desviado por dirigentes del 'procés' fue utilizado para desarrollar un proyecto político durante un período de tiempo determinado. El Supremo hace suyas las razones de los cuatro fiscales que participaron en la investigación y calificación de aquellos hechos, al señalar que la finalidad pretendida no exime de responsabilidad a cargos públicos que optaron por utilizar fondos económicos de todos pudiendo recurrir a sus propios recursos para financiar actividades independentistas.
La Sala de lo Penal insiste en la celeridad con la que se promulgó la norma como causa de que el legislador creyera haber traducido jurídicamente su voluntad política. En realidad, sus impulsores sabían que podía encontrarse con visiones discrepantes sobre la amnistía pactada por el Gobierno con los independentistas. Lo sabían cuando, tras su aprobación definitiva en el Congreso, el ministro Félix Bolaños y otros portavoces significados se esforzaron en recordar que a partir de entonces la última palabra correspondía a los jueces. Pero hay más. El PSOE concurrió a las generales del 23-J asegurando que la amnistía era inconstitucional. Y varió de postura de manera tan repentina y unánime que tuvo que albergar dudas sobre la súbita constitucionalidad de una proposición de ley objeto de negociación política sin el contraste jurídico que ha de acompañar un proyecto legislativo de semejante alcance cuando la iniciativa es del Gobierno. Las decisiones judiciales de ayer no hacen caso omiso de la voluntad del legislador; advierten de las fallas que presenta la norma.
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