![¿No había otra candidata?](https://s1.ppllstatics.com/elcorreo/www/multimedia/202001/17/media/cortadas/gurrutxaga17-kiUE-U901253908424c4-624x385@El%20Correo.jpg)
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La Constitución establece que el fiscal general del Estado será nombrado por el Rey a propuesta del Gobierno, oído el Consejo General del Poder Judicial. El Estatuto Orgánico añade que el candidato deberá ser jurista español, con más de quince años de ejercicio efectivo. El ... informe del CGPJ se limita a efectuar un examen de los requisitos legales, con lo que se entiende que cumplidos los mismos, el candidato es idóneo. El Consejo hasta ahora no realizaba un examen de idoneidad más allá de los requisitos legales y reducía su intervención a afirmar la idoneidad si el candidato reunía los mismos. Esta vez, dada la polémica generada, el presidente del CGPJ ha eliminado del informe la afirmación de la 'idoneidad', habiendo sido aprobado por doce votos contra siete.
El juicio de idoneidad es algo más que lo estrictamente legal. Tiene que ver con ese juicio sobre si es la persona apropiada para cumplir las funciones que la Constitución atribuye al Ministerio Fiscal. La ley que regula el Estatuto Orgánico nos dice qué debe entenderse por el principio de imparcialidad: «El Ministerio Fiscal actuará con plena objetividad e independencia en defensa de los intereses que le estén encomendados». Es claro que el juicio de idoneidad solo se puede realizar examinando hechos y comportamientos tanto anteriores como los posteriores al nombramiento. Los antecedentes nos sirven para fijar la 'apariencia de imparcialidad', para cuestionarla o para rechazarla. En el caso de Dolores Delgado, las circunstancias que rodean a su candidatura hacen que la apariencia de imparcialidad esté cuestionada y con ello la afirmación de su idoneidad. Nunca mejor para ilustrar esto que decimos que traer a colación la famosa frase de la 'mujer del César'.
Pero la derecha carece de credibilidad cuando critica duramente el nombramiento y lo considera como un ataque a la separación de poderes y al Estado de Derecho. Primero, porque al ser un nombramiento legal ni ataca ni vulnera. En segundo lugar, porque los actos propios le delatan al PP en esta materia. Cuyas intervenciones e intromisiones dieron lugar a provocar la dimisión de Torres Dulce y a la designación de José Manuel Maza, comprensivo con el PP en materia de corrupción, abanderado mayor para situar el conflicto de Cataluña como una cuestión penal.
Desgraciadamente la independencia y la imparcialidad del MF y del Poder Judicial en los grandes asuntos de Estado están muy resentidas. A ello han contribuido los dos grandes partidos por la colonización de las altas instancias. Pero también se ha resentido porque algunos fiscales y magistrados, con mucho poder, han perdido su imparcialidad por actuar conforme a su ideología y posición política.
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