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'Brexit': ¿Desastre a la vista?

'Brexit': ¿Desastre a la vista?

El referéndum de ruptura celebrado en junio de 2016 no es más que la expresión concreta de la evidente falta de compromiso de Reino Unido con el proyecto supranacional

Martes, 18 de diciembre 2018, 00:14

Se acerca inexorablemente la medianoche del 29 de marzo de 2019. En ese momento, habrá terminado el tiempo previsto para que la Unión Europea y Reino Unido formalicen su divorcio. Queda la posibilidad de que ambas partes admitan la prórroga del plazo de negociación, evitando una catástrofe política y económica de dimensiones incalculables. Sin embargo, el deterioro del Ejecutivo de Theresa May y la firmeza de la posición negociadora mostrada por la Unión en el Consejo Europeo de la semana pasada no presagian de momento un eventual aplazamiento.

Como se sabe, la premier ha retirado en la Cámara de los Comunes la votación que debía ratificar el acuerdo transitorio sobre la relación entre Reino Unido y la Unión hasta el 31 de diciembre de 2020. El contenido del pacto ha sido impugnado por laboristas y por el propio partido conservador, al considerarlo lesivo para los intereses nacionales por distintos motivos. Se abre por tanto un momento de profunda incertidumbre institucional, porque así como los órganos comunitarios (Parlamento Europeo y Consejo de Ministros) deberían seguir con su calendario para dar el visto bueno al acuerdo transitorio, resulta muy difícil saber qué pasará dentro del sistema político británico.

El mismo día que May retiraba la votación, el Tribunal de Justicia comunitario resolvía con inusitada rapidez -haciendo un discutible ejercicio de política constitucional- una cuestión prejudicial planteada por el Tribunal Superior de Justicia escocés. En ella se preguntaba si Reino Unido podía revocar unilateralmente la notificación de abandono de la Unión, realizada en marzo de 2017. El Gobierno británico se había opuesto a la cuestión calificándola de especulación académica, mientras que la Comisión y el Consejo de Ministros entendían que dicha revocación ya no quedaba en manos de Reino Unido exclusivamente, sino que necesitaba del acuerdo unánime de los demás Estados miembros. Jurídicamente, me parece más consistente esta última posición, porque el artículo 50 del Tribunal de la Unión Europea establece de manera clara que, si no hay prórroga, el vínculo constitucional entre el Estado miembro y la Unión desaparece dos años después de la notificación.

Sin embargo, el Tribunal de Justicia, siguiendo las pautas del abogado general, ha reescrito el artículo 50. Apoyándose en una dudosa interpretación del Derecho Internacional, afirma que Reino Unido puede revertir soberanamente la intención de dejar la Unión siempre que no se haya alcanzado un acuerdo definitivo de salida. El tribunal apunta que la marcha atrás está sujeta a dos exigencias muy diáfanas: el cumplimiento de los requerimientos constitucionales internos y la vuelta del Estado miembro al estatus original previsto en los tratados comunitarios. Es decir, el ejercicio de soberanía tiene como contrapartida la imposibilidad de negociar una posición de privilegio para Reino Unido a cambio de la cancelación del 'Brexit'.

No creo que esta salvaguarda sirva para limitar las consecuencias del precedente creado. Es más, me parece que el pronunciamiento del Tribunal de Justicia implica poner en manos de los Estados miembros un instrumento para regular no tanto la permanencia como su relación con la Unión a la carta, jugando con la cláusula de secesión. Los gobiernos populistas ya tienen otro as en la manga dentro de la partida que se puede estar jugando: según el sugerente ensayo de Ivan Krastev, la destrucción ordenada de la Unión mediante una cadena de plebiscitos.

La sentencia del Tribunal de Luxemburgo establece por tanto la posibilidad de que Reino Unido, hipotéticamente, renuncie a su salida del proyecto europeo. Naturalmente, ello abre, en caso improbable de que se active, un escenario tremendamente condicionado por el factor tiempo: ¿Pueden las instituciones británicas articular una decisión consensuada para retirar la intención de abandonar la Unión antes del 29 de marzo de 2019? La realización de un segundo referéndum parece difícil, no solo porque requiere de un periodo de preparación del que solo se dispondría prorrogando la negociación de salida, sino porque quizá ahondaría en la división y polarización social. Dado que el Parlamento es soberano en el sistema británico, la otra opción sería que aquél realizara una ley permitiendo al Gobierno desandar el camino.

En realidad, aunque cueste aceptarlo, en este momento todas las opciones que no sean el 'Brexit' son improbables e, incluso, indeseables. Por un lado, ya ha quedado claro que los europeos no hemos aprendido gran cosa de las nefastas consecuencias que acarrea sacar a pasear el demonio nacionalista. Por otro, me parece que el referéndum celebrado en junio de 2016 no es más que la expresión concreta de la evidente falta de compromiso de Reino Unido con el proyecto supranacional. Hay tiempo y medios para evitar el desastre de un 'Brexit' duro, pero me parece que no para revertirlo por completo.

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