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Patxi Fernández
Madrid
Martes, 1 de junio 2021, 13:39
La nueva normativa de la inspección técnica de los vehículos (ITV) incorpora diferentes novedades que hacen más estricta la prueba y la adapta al Brexit. los cambios entran en vigor este martes, día 1 de junio.
Según la Asociación Española de Entidades Colaboradoras de la ... Administración en la Inspección Técnica de Vehículos (AECA-ITV), uno de los principales cambios es la modificación en la gravedad del defecto de no funcionamiento del ABS cuando es obligatorio llevarlo.
A partir de ahora, que el sistema antibloqueo de frenos presente algún tipo de fallo pasa de considerarse un defecto leve a un defecto grave. Misma circunstancia ocurre con un posible desprendimiento de los espejos retrovisores, que también se considerará defecto grave.
Además, se establece la posibilidad de comprobar los datos del permiso de circulación por medio del Registro General de Vehículos de la Dirección General de Tráfico (DGT) en caso de no ser presentado este en la estación ITV.
Los defectos graves generan un rechazo de la inspección e inhabilitan al vehículo para circular por las vías públicas excepto para su traslado al taller. Por ello, esta nueva normativa hará más estricta la revisión.
Por su parte, la nueva ITV se adapta al Brexit, por lo que, a partir de ahora, los vehículos procedentes de Reino Unido que se quieran matricular en España se considerarán modelos procedentes de terceros países. Así, se deberán realizar los trámites de importación necesarios, entre otros elementos.
Además la nueva revisión del Manual de Procedimiento de ITV incorpora aquellos cambios reglamentarios necesarios para adecuar la inspección técnica a las nuevas tecnologías y se especifican de manera más clara y precisa algunos procesos de revisión para los operadores.
Por su parte, la nueva normativa mantiene las multas económicas que puede acarrear el circular por la calle con un coche sin la inspección técnica superada. Así, tener la ITV caducada acarrea una sanción económica de 200 euros, tanto si el vehículo está circulando como si está estacionado en el garaje o en la calle. Además, ser cazado con la ITV desfavorable también supone una multa de 200 euros. En este supuesto, el titular del vehículo está obligado a reparar los defectos graves y volver a la estación de ITV en un plazo máximo de dos meses y solo puede mover el coche para llevarlo al taller.
Por último, circular con una ITV negativa, es decir, cuando los desperfectos son tan graves que no se permite abandonar la estación por medios propios, supone una multa de 500 euros.
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