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Un conductor se aproxima a un cruce regulado por semáforos que, además, tiene cámara. Observa que se pone en ámbar, lo rebasa y justo cambia a rojo. Entonces le surge la eterna duda: ¿he cometido una infracción? Cómo puede saber si le han multado. Solo le queda esperar a que le notifiquen la sanción por carta.
Pasan los meses y el conductor no ha recibido ninguna multa en su domicilio. Sin embargo, puede que esa sanción sí se haya interpuesto. Las penas impuestas por la Dirección General de Tráfico (DGT) que no se te hayan podido notificar en el domicilio por estar ausente o por cambio de dirección se publicarán en TESTRA, el tablón de edictos electrónicos de la DGT, y de manera simultánea en el Tablón Edictal Único del BOE (TEU). Las sanciones publicadas en TESTRA y en el TEU se considerarán como notificadas 20 días después de su publicación.
Este tablón, que está en internet, se puede consultar siempre que el usuario lo desee. Es libre y gratuito. Sirve para estar al corriente de las sanciones que pueden llegar al infringir el reglamento de circulación.
En ocasiones, las multas no llegan a los domicilios porque el infractor no tiene actualizada su dirección postal en la administración. Por ello, y ante una posible duda, siempre se puede consultar el TESTRA. No se necesita certificado digital ni DNI electrónico.
Existe un buscador que permite al usuario hacer una consulta introduciendo tu DNI, NIE, CIF, matrícula, etc. No obstante, si una persona no desea que un tercero pueda visualizar los datos que aparecen en TESTRA, puede darse de alta en la Lista de Excluidos y acceder al área «Mis Edictos» para consultar los edictos en los que aparece. Para esto sí es necesario el certificado digital o DNI electrónico.
Actualmente en TESTRA publican sus edictos todos aquellos organismos que se hayan dado de alta en el sistema de publicaciones a través del TESTRA/TEU: DGT, Departamento de Tráfico del Gobierno vasco y el Servicio Catalán de Tráfico. Y Ayuntamientos, Diputaciones provinciales y organismos similares que notifican expedientes sancionadores de su competencia, ya que tenían como fecha límite el 25 de mayo de 2016 para incorporarse (según Ley 6/2014, de 7 de abril).
Por tanto, si un organismo no se ha dado de alta en el sistema seguirá notificando sus edictos a través de los medios que utilizaba anteriormente: Boletines Oficiales de la provincia, Tablones de Edictos de los Ayuntamientos.
El plazo de consulta es de 20 días naturales desde que se publica la sanción para consultar el edicto en el TESTRA/TEU. Durante ese tiempo la DGT lo mantiene en estado vigente. Finalizado ese plazo, se entiende que la notificación se ha realizado. El usuario podrá entonces pagar, presentar alegaciones o recurrir.
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