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Viernes, 23 de septiembre 2022, 00:34
La DGT cuenta con más de 1.000 radares en las carreteras españolas. Aunque los hay de varios tipos, los mayoritarios son los fijos que además son los que más multan. Este hecho podría cambiar en los próximos años con la incorporación de más radares de tramo ... . Para conocer al detalle los radares que vigilan las carreteras españolas debemos diferenciar los cinemómetros de punto, de los de tramo.
¿Qué significa 'de punto'? Estos dispositivos captan la velocidad del vehículo en un único punto de la vía, sin embargo los de tramo miden la media en varios kilómetros concretos que la DGT considera «de riesgo». En el primer grupo se pueden distinguir los ya conocidos radares fijos, móviles, drones y el empleado en Pegasus.
La DGT quiere aprovechar la nueva Ley de Tráfico para instalar nuevos radares de tramo en las carreteras secundarias. Su director Pere Navarro ya advirtió del cambio de tendencia que vivirá España en los próximos años: «En ningún país de nuestro entorno existe el margen de los 20 km/h para adelantar en carretera. Disponer de él incita a la maniobra, que es mucho riesgo y puede dar lugar a colisiones frontales. En 2019, estos adelantamientos mataron a 239 personas. Y sí, eliminarlo puede favorecer en el futuro la instalación de más radares de tramo, más justos que los que están en un solo punto».
Navarro se congratulaba de esta manera de eliminar la norma de sobrepasar la velocidad de la vía para adelantar en carreteras secundarias, a la vez que anunciaba más cinemómetros de tramo. Meses después, desde Tráfico se anunció la compra de 270 radares, 90 de tramo. La instalación de estos últimos supondrá doblar la presencia de este tipo de cinemómetros en las carreteras españolas.
Hasta ahora, tres de cada cuatro siniestros tienen lugar en este tipo de carreteras. La DGT cree que el exceso de velocidad puede ser el principal motivo. Este punto de vista lo comparten también las asociaciones de víctimas y expertos como los de la Fundación Fesvial. La nueva ley también sustituye la infracción grave consistente en «utilizar» mecanismos de detección de radares o cinemómetros por el mero hecho de «llevar en el vehículo» esos dispositivos. El nuevo tipo infractor mantiene la pérdida de tres puntos que se asignaba a la anterior infracción. «Hemos cambiado la palabra 'utilizar' por 'llevar' porque si lo llevas, lo has comprado y lo has instalado no es para pasearlo apagado», remarcó Navarro, precisando que la medida no afecta al uso de navegadores que avisan de la presencia de los radares.
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