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La DGT prohíbe conducir dos semanas a estos conductores

Ponerse al volante con ciertas enfermedades no está permitido

B. V.

Miércoles, 29 de marzo 2023, 00:26

La Dirección General de Tráfico (DGT) ha señalado en repetidas ocasiones el peligro que implica ponerse al volante si se sufre ciertas enfermedades. De hecho, en algunas circunstancias puede suponer hasta una multa.

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Tráfico también explicó que una persona no puede conducir si está de baja laboral por la serie de enfermedades, ya sean físicas o psíquicas. Así, el Código de Circulación es claro sobre este aspecto. «Los conductores deberán estar en todo momento en condiciones de controlar sus vehículos»; «el conductor de un vehículo está obligado a mantener su propia libertad de movimientos, el campo necesario de visión y la atención permanente a la conducción, que garanticen su propia seguridad, la del resto de los ocupantes del vehículo y la de los demás usuarios de la vía».

Asimismo, la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios (AMPS) explica que con el permiso de tipo B «no está autorizada» la conducción «en las primeras dos semanas tras la colocación de un marcapasos». Además, se deberá «contar con un informe médico positivo cada tres años para lograr la renovación».

Por su parte, para poder conducir vehículos con permiso tipo «C» o superior se podrá reiniciar a las cuatro semanas del implante y exigirá una renovación, contando con un informe positivo, cada dos años.

Enfermedades con las que no se puede conducir

1- Digestivas

- Trasplante renal: se puede renovar el permiso si han pasado más de seis meses desde la intervención.

- Nefropatía con diálisis: un informe favorable emitido por los médicos puede dar vigencia entre 1 a 10 años.

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2- Oncológicas

- Dolencias oncológicas: se podrá renovar la licencia entre 1 y 5 años si no existen dolencias.

- Trastornos oncohematológicos: sin dolencias graves durante, mínimo tres meses, se puede renovar hasta un año.

3- Vasculares

- Aneurisma de grandes vasos: solo se podrá renovar entre 1 y 10 años si no hay riesgo de rotura de vasos.

- Disección: renovación entre 1 y 2 años si pasan seis meses desde la operación quirúrgica.

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4- Psiquiátricas

Los casos siguientes tienen prohibido conducir si no existe un informe médico favorable.

- Delirium, Demencias y Trastornos de ansiedad.

- Trastornos catatónicos, trastornos de la personalidad.

- Ansiedad y Depresión.

- Trastorno del sueño.

- Trastorno obsesivo compulsivo.

- Trastorno del desarrollo intelectual.

- TDH.

- Abuso y dependencia del alcohol.

- Abuso y dependencia de drogas.

5- Crónicas y degenerativas

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- Alzheimer.

- Esclerosis lateral amiotrófica.

- Enfermedad pulmonar obstructiva crónica.

- Temblor esencial.

- Esclerosis múltiple.

- Distrofia muscular.

- Osteoporosis.

- Parkinson.

- Artritis reumatoide.

6- Endocrinas

- Hipotiroidismo y paratiroides: solo podrá renovarse el carnet entre 1 y 10 años con informe favorable.

- Diabetes mellitus insulinodependiente: tras informe favorable, la renovación puede ser entre 1 y 5 años.

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7- Cardiacas

- Arritmias: la pérdida de atención inhabilita para la conducción.

- Infarto agudo de miocardio: debe transcurrir mínimo tres meses desde el suceso para poder renovar la licencia.

- Portadores de prótesis valvulares: mismo caso que con el infarto.

- Portadores de marcapasos: hasta tres años de vigencia una vez haya pasado un mes desde la colocación y haya informe favorable.

- Portadores de desfibrilador automático: como el caso anterior.

8- Respiratorias

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- Apneas de sueño: solo se podrá ampliar el carnet durante 3 años bajo esta dolencia y existe un informe favorable del médico.

- Disnea permanente en reposo o de esfuerzo leve: Sin posibilidad de renovar.

9- Neurológicas

- Accidente isquémico transitorio: se puede ampliar un año la licencia si hay un informe favorable.

- Crisis o pérdida de conciencia: imposibilidad de renovar si se ha dado en el último año.

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- Epilepsia: si es la primera vez que ocurre o más de un año sin episodios, un informe favorable podrá dar vigencia al carnet entre 1 y 10 años.

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