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La Dirección General de Tráfico incorpora cada año ciertas novedades en el Reglamento General de Circulación. Así, en este ejercicio ya hay 10 normas que deberías conocer para no cometer una posible infracción. Todo ello está pensando para mejorar la seguridad en las carreteras. Estas nuevas normas se publicarán en un Real Decreto.
1
En las carreteras fueras de poblado que tengan más de un carril para el mismo sentido de la marcha estará prohibido adelantar con hielo o nieve en la calzada. Por ello, ante estas circunstancias deberán circular por el carril derecho y facilitar la circulación de los vehículos de emergencia y quitanieves.
2
Otro aspecto que se va añadir al artículo 31 concierte a la conducción en autopistas y autovías. En caso de estar detenidos en estas vías o circular muy despacio como consecuencia de una retención, deberán ceder el paso a los vehículos de emergencias abriéndose hacia los lados de la carretera.
En caso de que sea una vía de tres carriles, los que circulen por la izquierda tendrán que irse hacia la izquierda, y los del centro hacia la derecha. Hoy en día no se concreta qué deben hacer los conductores ante un vehículo de emergencias, sino que tienen prioridad.
3
Las motos podrán circular por el arcén de la derecha sin superar los 30 kilómetros por hora en todo tipo de vías cuando se produzcan retenciones. Eso sí, deberán respetar la prioridad a los vehículos que tienen que ir por el arcén, como por ejemplo a los ciclistas.
4
Esto vehículos también estarán autorizados a circular por el arcén siempre y cuando estén en una urgencia. Deberán utilizar las señales luminosas y no ir a más de 30 km/h (excepto los vehículos prioritarios).
5
Respecto a los motoristas, la DGT incorpora ciertos cambios. En España, aquellos conductores que tienen el carnet de coche y al menos tres años de experiencia tienen la posibilidad de llevar motos de hasta 125 cc. No obstante, Tráfico quiere que ahora se haga un curso obligatorio para conducir una moto de 125 cc con carnet B. De momento, no se conoce la fecha de entrada en vigor.
6
El alcohol está presente entre el 30% y el 50% de los accidentes mortales, según los datos de la Dirección General de Tráfico. Así, se quiere reducir hasta los 0,20 gramos por litro de sangre la tasa máxima permitida. Por el momento y hasta que esto entre en vigor es de 0,5 g/l.
7
Esto es un carnet intermedio entre el AM y el B de coche. Está orientado para los jóvenes de a partir de 16 años, para que puedan conducir ciertos tipos de cuatriciclos, pasando antes por un examen.
8
Desde el 26 de marzo de 2025, los conductores de ciclomotores, motos y coches que superen de forma voluntaria un curso de conducción segura y eficiente conseguirán dos puntos más en el carnet de conducir hasta un máximo de 15.
9
En vías urbanas, los ciclistas deberán circular por el centro de la calzada y los vehículos deben mantener, al menos, una distancia de seguridad de 5 metros.
En carretera, se ha añadido la obligación de quien adelante a un ciclista debe hacerlo, como máximo, a 20 km/h por debajo del límite de velocidad aplicable al tramo por el que circula, además de dejar una separación lateral mínima de 1,5 metros.
Por la noche o en condiciones de poca luz es obligatorio el uso de elementos reflectantes homologados que puedan ser vistos a una distancia mínima de 150 metros.
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