La DGT informa de los pasos a seguir si compras o vendes un coche de segunda mano

Los trámites a realizar, al detalle

B .V .

Jueves, 7 de octubre 2021, 08:12

Ha visto el anuncio de un coche de segunda mano y quiere comprarlo. ¿Qué hay que hacer? La DGT informa sobre todos los trámites que hay que realizar cuando se quiere adquirir o vender un vehículo ya matriculado.

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Lo primero que debe saber es ... que el comprador de un vehículo usado tiene un plazo de 30 días desde la firma del contrato para realizar el cambio de titularidad del mismo. Una vez efectuado el trámite, se expedirá un nuevo permiso de circulación que únicamente será válido si posee la ITV en vigor.

Además, para que un vehículo pueda ser transferido debe estar en situación de alta administrativa y cumplir el resto de requisitos indicados como 'Requisitos previos'.

El contrato de compraventa del vehículo debe estar firmado tanto por el comprador como por el vendedor en cada una de las hojas que lo componen) y el comprador debe quedarse con una fotocopia del DNI, NIF o Tarjeta de Residencia del vendedor. Es conveniente que en el contrato se incluya la hora exacta en que se entrega el vehículo.

Antes de realizar el cambio de titularidad debe justificar el pago, exención o no sujeción del impuesto de transmisiones patrimoniales (modelo 620 o modelo 621 según corresponda) en la comunidad autónoma en la que tenga su domicilio fiscal. En casi todas las Comunidades Autónomas lo puede hacer fácilmente y de manera telemática.

Requisitos previos

El vehículo debe estar libre de cargas y dado de alta

Antes de realizar la transferencia de un vehículo se debe comprobar que es transferible. Es decir, que el automóvil debe estar dado de alta y al día en el pago de impuestos locales y de sanciones relacionadas con el vehículo (Documentación del vehículo, seguro obligatorio, revisiones periódicas del vehículo (ITV) y su estado de conservación). La existencia de una reserva de dominio, embargo, o una orden de precinto sobre el mismo puede acarrear ciertas limitaciones a la hora de realizar la transferencia o notificación de venta.

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Para poder realizar la transferencia de un vehículo

-Estar en situación de alta administrativa. Si el vehículo estuviera en situación de baja temporal, el titular del vehículo (vendedor) debe dar de alta el vehículo antes de realizar la transferencia.

-Con el Impuesto de Circulación del año anterior abonado.

-Con las posibles sanciones impuestas por infracciones del vehículo abonadas.

-Libre de cualquier limitación de disposición (reserva de dominio) que tuviera inscrita en el Registro de Bienes Muebles, salvo consentimiento expreso de la Financiera o subrogación por parte del comprador.

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Libre de embargos y precintos o documento firmado por el comprador en el que confirma que es conocedor de la situación de embargo o precinto del vehículo.

- Puedes realizar dicha comprobación fácilmente solicitando el informe reducido del vehículo.

Si está todo correcto y se puede realizar la transferencia, en el informe aparecerá una señal verde.

En caso de que el vehículo no pueda ser trasferido por alguna razón, aparecerá una señal roja. Para saber cuál es la razón que impide la transferencia, puedes solicitar, previo pago de 8,59 euros, el informe detallado del vehículo, este informe además te proporcionará datos acerca de la vigencia de la inspección técnica u otros datos técnicos, incluso las reparaciones y revisiones que se han llevado a cabo por los talleres adscritos a nuestro libro digital de mantenimiento o libro taller.

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- Pago, exención o no sujeción del impuesto de transmisiones patrimoniales (ITP)

Antes de realizar el cambio de titularidad en la DGT debes justificar el pago, exención o no sujeción del impuesto de transmisiones patrimoniales (ITP). Para ello es necesario presentar el modelo 620 o 621 (según corresponda) liquidado en la Comunidad Autónoma en la que el adquiriente tenga su domicilio fiscal, salvo que el vendedor sea un empresario en el ejercicio de su actividad, en cuyo caso se aportará factura.

En casi todas las Comunidades Autónomas lo puede hacer fácilmente y de manera telemática, siendo necesario para esta modalidad conservar el Código Electrónico de Transferencia (CET) generado.

Qué medios tienes para realizarlo

1. Presencialmente, entregando toda la documentación en cualquier Jefatura u Oficina de Tráfico. En este caso, necesita solicitar cita previa por internet o llamando al 060.

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2. Por internet, realizando la solicitud de la transferencia en el registro de la DGT, a través del icono «Cambio de titularidad - Presentación general». El trámite debe realizarlo el comprador o su representante.

En el momento de presentar la solicitud le facilitarán un justificante. Si necesitaran alguna aclaración o subsanación de tu solicitud, se pondrán en contacto con usted en el teléfono o correo electrónico que les indiques. Una vez realizada la transferencia le enviarán al domicilio indicado la documentación del vehículo ya a su nombre.

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Coste de los trámites

Para tramitar el cambio de titularidad de un vehículo (excepto si se trata de un ciclomotor) tiene que adquirir:

-La tasa 1.5 de 55,15 euros

-En el caso de que el vehículo sea un ciclomotor:

La tasa 1.2 de 27,57 euros

Para vehículos procedentes de Canarias, Ceuta y Melilla con destino península y Baleares, habrá que realizar previamente al trámite la anotación de la importación, debiéndose adquirir adicionalmente:

-La tasa 4.1 de 8,59 euros

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Tienes varios medios para comprar tu tasa:

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