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B. V.
Miércoles, 9 de febrero 2022, 17:02
No abrir una carta o correo electrónico de la DGT te puede salir muy caro. Hasta 1.500 de multa por no contestar a uno de los dos. Tráfico advierte de la gran importancia de contestar a los requerimientos «para identificar a un ... conductor que ha cometido una infracción con tu vehículo». Y avisa: «No hacerlo supone infracción muy grave».
Algunos conductores no son identificados de forma clara cuando cometen una infracción. Por ello es importante contestar al email o misiva de la DGT si no queremos una sanción económica.
Para contestar a un requerimiento se debe completar el nombre, apellidos, DNI, pasaporte o permiso de residencia, y domicilio postal de la persona que conducía el vehículo. En la misiva también hay un espacio en la que se puede completar dichos datos, si se desea hacer el trámite de identificación presencialmente en las oficinas de la DGT.
Más información
El titular del vehículo con el que se ha cometido la infracción es la persona que debe hacer el requirimiento. En caso de no poder, puede realizarlo alguien autorizado. Si el trámite lo va a realizar otra persona en su nombre, en el momento de solicitar la cita previa en el 060, se debe indicar el DNI del interesado y también el de la persona autorizada.
Según la DGT tienes de plazo 20 días naturales, contados desde el día siguiente al que te haya llegado la comunicación con el requerimiento. En caso de que no hayas recibido dicha comunicación, dispondrás de otros 20 días naturales empieza a contar desde el día siguiente a su publicación en el Tablón Edictal Único. La identificación del conductor es un trámite gratuito.
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