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Rafa Gutiérrez
La DGT avisa a los ciclistas con multas por circular en paralelo

La DGT avisa a los ciclistas: en estas situaciones no se puede circular en paralelo

El reglamento no específica cuántos ciclistas pueden agruparse para circular una carretera

B. V.

Sábado, 3 de diciembre 2022, 23:04

En 2020, en plena desescalada, se produjo el boom de la bicicleta. Un fenómeno que continúa. Cada vez se ven más ciclistas por las carreteras. Da igual la meteorología, los aficionados a las dos ruedas no cesan de dar pedales. Y eso se nota en las carreteras. Algunos fines de semana, se forman grandes grupos que dificultan la circulación al resto de vehículos. En ocasiones, los coches se ven en dificultades para rebasar al pequeño pelotón.

La Dirección General de Tráfico (DGT) es consciente del problema y avisa: «Los ciclistas no pueden circular en grupo en tramos sin visibilidad, como curvas, cambios de rasante o zonas con niebla». Sí podrán hacerlo cuando sin esas circunstancias y cuando sin que se produzcan aglomeraciones.

El Artículo 36.2 del Reglamento General de Circulación, en el que se hace alusión a los ciclistas dice así: «Se prohibe que los vehículos enumerados en el apartado anterior circulen en posición paralela, salvo las bicicletas, que podrán hacerlo en columna de a dos, arrimándose todo lo posible al extremo derecho de la vía y colocándose en hilera en tramos sin visibilidad, y cuando formen aglomeraciones de tráfico. En las autovías sólo podrán circular por el arcén, sin invadir la calzada en ningún caso».

¿Y cuántos ciclistas pueden ir en un grupo? El reglamento no específica cuántos ciclistas pueden agruparse para circular una carretera, pero sí permite que estos se junten sin necesidad de mantener la distancia de seguridad que se aplica a otros vehículos, pero sí la suficiente para evitar alcances entre ellos.

De hecho, hace unos días la DGT sacó un curso de movilidad para ciclistas. Tráfico hace hincapié en que este colectivo haga caso a las normas. Y es que también se exponen a sanciones. La DGT multa con 200 euros a los ciclistas que no utilicen el arcén de su derecha. «En carretera, los ciclistas deben utilizar el arcén de su derecha, si existe, para circular. Solo podrán abandonarlo en descensos prolongados en condiciones seguras. Ocupar la calzada cuando es posible circular por el arcén puede suponer una multa de 200 euros.

Otra acción muy común de los ciclistas es cruzar los pasos de cebra montados sobre la bicicleta. La multa asciende a 200 euros.

Multas más comunes a ciclistas

Un pasajero de hasta 7 años

En bicicletas solo se permite llevar un pasajero de hasta 7 años de edad, en asiento adicional homologado, siempre que el conductor sea mayor de edad. Llevar incorrectamente a un niño: 100€ de multa.

Teléfono móvil, no

Está totalmente prohibido usar el teléfono móvil mientras se circula en bicicleta. También están prohibidos los auriculares conectados a receptores o reproductores de sonido. Utilizar el teléfono móvil o auriculares: 200€

No llevar luces: 200 euros

Siempre que circulen de noche, en pasos inferiores o por túneles, los ciclistas deben llevar las luces encendidas delante y detrás para ver y hacerse visibles.

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