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B. V.
Miércoles, 24 de enero 2024, 12:36
Desde hace unos días, se han publicado en direferentes medios de comunicación que la Dirección General de Tráfico estaba pensando en eliminar este año la obligatoriedad del uso de la pegatina de la ITV. Sin embargo, la Asociación Española de Entidades Colaboradoras de la Administración en la Inspección Técnica de Vehículos AECA-ITV, que representa a casi todas las ITV del país, sostienen que esa información «no es correcta».
Así, la asociación aclara que para que se pueda suprimir esa pegatina debería hacerse a través de un Real Decreto, algo que hoy en día no ha sucedido.
Los vehículos que hayan pasado la ITV deben colocar la pegatina en su parabrisas -en el ángulo superior derecho del mismo-. Es una medida obligatoria porque aun recién pasada la ITV, si el adhesivo no está en su sitio se considera una infracción leve, con una multa de 100 euros. Debe estar a simple vista para que las autoridades pueda ver de forma fácil y rápida si el coche ha pasado la prueba.
La frecuencia de la inspección técnica de cada tipo de vehículo depende de su categoría y clasificación. Solo se establecen algunas excepciones para vehículos como ambulancias, taxis o vehículos históricos catalogados.
- Circular con la ITV desfavorable supone una multa de 200 euros.
-Circular con una ITV negativa acarrea una sanción de 500 euros. En estos casos, el vehículo no está autorizado a abandonar la estación de ITV por medios propios, sino que tendrá que hacerlo transportado por una grúa hasta el lugar de reparación y volver a la estación ITV, en un plazo máximo de dos meses, para comprobar la subsanación de los defectos.
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