
a.m.
Lunes, 23 de agosto 2021, 08:54
Agosto se acaba y supone el final de las vacaciones de miles de familias en España que tienen que afrontar el viaje de regreso a sus casas. La DGT recuerda a los conductores que pisan en exceso el acelerador las graves multas a las que se enfrentan si son sorprendidos por un radar. También los puntos que pueden perder si no controlan el pedal.
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«El exceso de velocidad conlleva sanción económica de 100 a 600 euros y pérdida de 2, 4 o 6 puntos del permiso de conducir. Y si superas en 60 km/h el límite urbano o en 80 el interurbano, se convierte en delito», recuerda la DGT en su cuenta oficial de Twitter.
- Límite de 20 km/h: la nueva Ley de Tráfico regula que todas las carreteras del casco urbano que estén en el mismo nivel que las aceras deberán ser límitadas a 20km/h. En el caso de exceder esta velocidad por menos de 20 km/h la cuantía de la multa será de 100 euros y no conllevará retirada de puntos. A partir de los 41 km/h serán dos puntos menos de carnet y 300 euros. De 51 km/h a 60 km/h, 4 puntos y 400 euros. De 61 km/h a 70 km/h, 6 puntos y 500 euros. A partir de los 71 km/h será la infracción más grave y estará sancionada con la misma cantidad de puntos y 600 euros.
- Límite de 30 km/h: Este es el ejemplo claro de a lo que se enfrenta un conductor si le salta el radar en Bilbao y desde este año en cualquier casco urbano de España. En el caso de exceder esta velocidad por menos de 20 km/h la cuantía de la multa será de 100 euros y no conllevará retirada de puntos. A partir de los 51 km/h serán dos puntos menos de carnet y 300 euros. De 61 km/h a 70 km/h, 4 puntos y 400 euros. De 71 km/h a 80 km/h, 6 puntos y 500 euros. A partir de los 81 km/h será la infracción más grave y estará sancionada con la misma cantidad de puntos y 600 euros.
- Límite de 40 km/h: En el caso de exceder esta velocidad por menos de 20 km/h, la cuantía de la multa será de 100 euros y no conllevará retirada de puntos. A partir de los 61 km/h serán dos puntos menos de carnet y 300 euros. De 71 km/h a 80 km/h, 4 puntos y 400 euros. De 81 km/h a 90 km/h, 6 puntos y 500 euros. A partir de los 91 km/h será la infracción más grave y estará sancionada con la misma cantidad de puntos y 600 euros.
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- Límite de 50 km/h: Aunque quedan pocos meses para el cambio de normativa, se trata de la velocidad media que un conductor se encuentra en casco urbano. En el caso de exceder esta velocidad por menos de 20 km/h la cuantía de la multa será de 100 euros y no conllevará retirada de puntos. A partir de los 71 km/h serán dos puntos menos de carnet y 300 euros. De 81 km/h a 90 km/h, 4 puntos y 400 euros. De 91 km/h a 100 km/h, 6 puntos y 500 euros. A partir de los 101 km/h será la infracción más grave y estará sancionada con la misma cantidad de puntos y 600 euros.
- Límite de 60 km/h: En el caso de exceder esta velocidad por menos de 30 km/h la cuantía de la multa será de 100 euros y no conllevará retirada de puntos. A partir de los 91 km/h serán dos puntos menos de carnet y 300 euros. De 111 km/h a 120 km/h, 4 puntos y 400 euros. De 121 km/h a 130 km/h, 6 puntos y 500 euros. A partir de los 131 km/h será la infracción más grave y estará sancionada con la misma cantidad de puntos y 600 euros.
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- Límite de 70 km/h: En el caso de exceder esta velocidad por menos de 30 km/h la cuantía de la multa será de 100 euros y no conllevará retirada de puntos. A partir de los 101 km/h serán dos puntos menos de carnet y 300 euros. De 121 km/h a 130 km/h, 4 puntos y 400 euros. De 131 km/h a 140 km/h, 6 puntos y 500 euros. A partir de los 141 km/h será la infracción más grave y estará sancionada con la misma cantidad de puntos y 600 euros.
- Límite de 80 km/h: En el caso de exceder esta velocidad por menos de 30 km/h la cuantía de la multa será de 100 euros y no conllevará retirada de puntos. A partir de los 111 km/h serán dos puntos menos de carnet y 300 euros. De 131 km/h a 140 km/h, 4 puntos y 400 euros. De 141 km/h a 150 km/h, 6 puntos y 500 euros. A partir de los 151 km/h será la infracción más grave y estará sancionada con la misma cantidad de puntos y 600 euros.
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- Límite de 90 km/h: En el caso de exceder esta velocidad por menos de 30 km/h la cuantía de la multa será de 100 euros y no conllevará retirada de puntos. A partir de los 121 km/h serán dos puntos menos de carnet y 300 euros. De 141 km/h a 150 km/h, 4 puntos y 400 euros. De 151 km/h a 160 km/h, 6 puntos y 500 euros. A partir de los 161 km/h será la infracción más grave y estará sancionada con la misma cantidad de puntos y 600 euros.
- Límite de 100 km/h: En el caso de exceder esta velocidad por menos de 30 km/h la cuantía de la multa será de 100 euros y no conllevará retirada de puntos. A partir de los 131 km/h serán dos puntos menos de carnet y 300 euros. De 151 km/h a 160 km/h, 4 puntos y 400 euros. De 161 km/h a 170 km/h, 6 puntos y 500 euros. A partir de los 171 km/h será la infracción más grave y estará sancionada con la misma cantidad de puntos y 600 euros.
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- Límite de 110 km/h: En el caso de exceder esta velocidad por menos de 30 km/h la cuantía de la multa será de 100 euros y no conllevará retirada de puntos. A partir de los 141 km/h serán dos puntos menos de carnet y 300 euros. De 161 km/h a 170 km/h, 4 puntos y 400 euros. De 171 km/h a 180 km/h, 6 puntos y 500 euros. A partir de los 181 km/h será la infracción más grave y estará sancionada con la misma cantidad de puntos y 600 euros.
- Límite de 120 km/h: En el caso de exceder esta velocidad por menos de 30 km/h la cuantía de la multa será de 100 euros y no conllevará retirada de puntos. A partir de los 151 km/h serán dos puntos menos de carnet y 300 euros. De 171 km/h a 180 km/h, 4 puntos y 400 euros. De 181 km/h a 190 km/h, 6 puntos y 500 euros. A partir de los 191 km/h será la infracción más grave y estará sancionada con la misma cantidad de puntos y 600 euros.
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