El complemento ha supuesto un desembolso cercano a los 100.000 euros durante dos años. avelino gómez

El TSJ anula el complemento salarial de los jefes de Negociado

El juzgado tumba el acuerdo municipal de 2019 al comprobar que el Ayuntamiento no realizó la valoración de los puestos afectados

Toni caballero

Jueves, 29 de abril 2021, 01:22

La Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León endosó el pasado martes un nuevo revés al equipo de Gobierno municipal al anular «íntegramente» la equiparación de los complementos específicos de las diversas jefaturas de Negociado que engloban el ... Ayuntamiento con el de la jefatura del SAC, un acuerdo aprobado en 2019 que pretendía igualar las remuneraciones de todos los jefes.

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Sin embargo, el tribunal regional falló a favor a la Junta, la parte demandante, al entender que el Ayuntamiento no llevó a cabo la mesa de valoración necesaria para evaluar la situación de los puestos de trabajo afectados, un requisito imprescindible según la normativa; así como tampoco acreditó ni justificó que las funciones de las 10 jefaturas de Negociado se correspondiesen con aquellas otras desempeñadas por la del SAC, órgano con el que pretendían equipararlas económicamente.

Asimismo, y aún afirmando que no se constataron las similitudes entre los servicios de las jefaturas y el del SAC, el TSJ aclaró que la Relación de Puestos de Trabajo (RPT) también permite la existencia de puestos con la misma denominación que disfruten de un complemento diferente.

Por todo ello, el Contencioso Administrativo anuló de forma íntegra el complemento específico que las diez jefaturas de Negociado del Ayuntamiento encadenan dos años percibiendo, y que han supuesto un desembolso de aproximadamente 51.000 euros anuales a las arcas municipales. Además, responsabiliza al Consistorio mirandés de las costas del proceso judicial.

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La sentencia del Contencioso Administrativo no es firme, por lo que el Consistorio podrá interponer un recurso de apelación, para tratar de revertir el fallo, hasta el 12 de mayo. Además, según fuentes jurídicas consultadas, la sentencia supone una «nulidad», por lo que los trabajadores municipales afectados no tendrían que retornar el dinero percibido durante los dos últimos años (3.000 euros anuales para cada uno) salvo que alguna de las dos partes implicadas, Ayuntamiento de Miranda o Junta de Castilla y León, reclamase el resarcimiento de estas cantidades, «algo que casi nunca suele ocurrir».

De esta forma, se considera nulo el aumento de 12.445 a 15.827 euros anuales, correspondientes al complemento específico, aprobado en mayo de 2019 por la Corporación, y gracias a la abstención del Grupo Municipal Popular, entendiendo que se estaba cometiendo un agravio comparativo con las jefaturas de Negociado del Ayuntamiento.

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La sentencia del TSJ no sólo da la razón a la demanda presentada por la Junta, sino que también ratifica las denuncias proferidas el curso pasado por Izquierda Unida, que tildó a la equiparación salarial de las jefaturas de Negociado de «subida encubierta» y avanzó que el proceso no respetaba la legalidad al no haberse convocado una comisión de valoración al respecto.

Se trata del segundo golpe que encaja el equipo de Gobierno por parte del TSJ de Castilla y León en las últimas semanas, ya que, a finales de enero, el mismo ente regional también tumbó la subida salarial de Policía Local aprobada en noviembre de 2019 tras una negociación municipal con los representantes sindicales que derivó en una mejora amparada en una subida de niveles.

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LAS CLAVES

  • Requisitos. El Consistorio no convocó la comisión de valoración ni justificó la equiparación salarial.

  • Resarcimiento. Los trabajadores municipales no deberán retornar el dinero salvo que alguna parte lo reclame.

  • Otro golpe. El TSJ de Castilla y León también tumbó la subida salarial de Policía Local a finales de enero.

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