¿Le quitan la pensión a un jubilado si le toca la Lotería de Navidad? ¿Y el paro o el subsidio del SEPE a un desempleado?

A algunos jugadores les genera ciertas dudas lo que le sucede con sus ingresos si son agraciados con uno de los principales premios del sorteo extraordinario del 22 de diciembre

Domingo, 22 de diciembre 2024, 09:44

Son muchas las personas que cada día buscan que la suerte toque a su puerta y les rocíe con miles de euros. Entre los jugadores que participan en los principales sorteos de Loterías y Apuestas del Estado, hay una fecha especial anotada en el calendario. El 22 de diciembre. Es el día en el que tiene lugar el sorteo extraordinario de Lotería de Navidad, que en este 2024 cae de domingo.

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Se trata de una cita en la que la participación se dispara. Y entre los muchos jugadores hay un importante número de pensionistas o personas desempleadas que perciben el paro o un subsidio por desempleo del SEPE. Entonces, les aborda una duda lógica, como también sucede con la Primitiva o el Euromillones. ¿Qué pasa con estas ayudas si les toca un premio cuantioso como, por ejemplo, el Gordo de la Lotería de Navidad? La respuesta cambia dependiendo de cada una de ellas.

Por partes. Primero, la prestación contributiva por desempleo, el conocido paro. Quizás sea la respuesta más fácil. Un ingreso como el de un premio no supondrá la extinción de la prestación, siempre y cuando se cumplan los requisitos de acceso. ¿El motivo? El paro es un derecho que se ha generado por el trabajador durante sus años cotizados. Por lo tanto, la administración no retirará la cuantía durante el tiempo (un máximo de dos años) que se ha generado la prestación.

Lo mismo ocurre con los pensionistas. Aquellos que perciben una pensión contributiva por parte de la Seguridad Social se han ganado un derecho a través de la cotización en su vida laboral. Sí podría haber problemas, en cambio, el complementos a mínimos si se supera el límite. Tampoco afecta ganar uno de los premios a aquellos que estén en pleno proceso de ERTE.

Subsidio por desempleo del SEPE

Completamente diferente es el caso de aquellos que cobran alguno de los subsidios por desempleo. Se trata de una ayuda que surge para aquellos desempleados que, una vez extinguido el paro y al cumplir ciertas condiciones, no han sido capaces de insertarse laboralmente. Los perceptores deben de estar atentos si les toca un buen pellizco, ya que uno de los requisitos es no superar ciertos ingresos.

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El Servicio Público de Empleo Estatal establece que los beneficiarios no deben sobrepasar cada mes una renta superior al 75% del Salario Mínimo Interprofesional (SMI), unos 850 euros tras la última subida. No obstante, al ganar un premio de la lotería como puede ser el Gordo de Navidad, esta ganancia se considera un ingreso extraordinario, por lo que el perceptor debe notifica al SEPE este cobro extraordinario en un plazo máximo de 30 días desde que ha recibido el ingreso. En ese momento, se suspende el cobro del subsidio durante un mes y, si después no hay otros ingresos por encima de los 850 euros, es posible reanudar la prestación. Eso sí, no llegar a informar de esta circunstancia sí que supondría la suspensión de la ayuda.

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