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¿Cómo es la nueva Ley de protección al menor? Guía para conocer los tres puntos más importantes

Ya se ha publicado en el BOE y es un primer paso para el comienzo del fin de la violencia hacia los niños

Domingo, 18 de julio 2021, 00:59

La violencia hacia los menores está en el punto de mira. Cada vez es más denunciada y también más castigada, pero no es suficiente. Según un estudio de UNICEF, tres de cada cuatro niños de 2 a 4 años en todo el mundo son habitualmente víctimas de algún tipo de actitud violenta por parte de sus cuidadores. Una práctica que está justificada por más de 1 de cada 4 adultos que tienen niños a su cuidado y que afirman que «el castigo físico es necesario para educarlos adecuadamente». Una violencia, además, que no entiende de riqueza ni clase social.

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Los datos de este estudio confirman que esta lacra comienza muy pronto y que casi siempre ocurre a manos de quienes son responsables de su protección y cuidado. Conforme pasan los años, a ellos se les pueden sumar compañeros de colegio, profesores, entrenadores y otros familiares.

Estos son datos a nivel mundial, no extrapolables a nuestro país en la misma proporción. Pero el Gobierno cree que en España también es un problema muy común y, lo que más preocupa: silencioso. «Existe una espesa capa de silencio sobre el maltrato infantil», incide el Ejecutivo central. Aunque se desconoce la cifra real, calculan que solo se denuncian entre el 10 y 15% de los casos. Para frenar este tipo de violencia, las Cortes Generales han aprobado una modificación de la Ley orgánica de protección integral a la infancia y la adolescencia. A través de esta norma, el Parlamento pone el foco en los responsables del cuidado de nuestros hijos, y obliga a todos aquellos profesores, entrenadores, cuidadores (…) a denunciar este tipo de agresiones.

Cristina Sanjuan, experta en prevención de la violencia contra la infancia de Save the Children, explica que, más allá de las medidas que se quieren implantar, «una de las mayores cualidades de esta ley es la labor pedagógica que pretende: se necesita la concienciación de la ciudadanía y de los profesionales que forman a los menores. Hay que organizar campañas no solo de sensibilización, sino de concienciación de la violencia para poder acabar con ella».

La ley pretende combatir este problema desde una perspectiva integral: incide en la prevención, la socialización y la educación, y establece medidas de detección precoz, asistencia y reintegración de derechos vulnerados de la víctima. Estos son tres de los puntos clave del marco legislativo:

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    Deber de comunicación

La norma aprobada regula el deber de comunicación ante las situaciones de violencia. Se establece una obligación de denuncia genérica a toda la ciudadanía de comunicar a la autoridad la existencia de indicios de violencia sobre los niños.

Junto a esa medida, inciden en un deber de comunicación cualificado para quienes tienen encomendada la asistencia de menores de edad: personal de los centros sanitarios, escolares, de deporte y ocio, entre otros.

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Pero, ¿qué novedades presenta esta ley con respecto a la que ya teníamos? Se supone que al detectar situaciones de violencia sobre los menores, a día de hoy debemos actuar igualmente. Sanjuan explica que la clave de este punto es que al deber de comunicar los casos de violencia, la norma «lo acompaña con formación para los profesionales. Lo importante es instruir para conocer y detectar los posibles indicadores de casos de violencia, para así poder notificar y que se ponga en marcha la atención y la investigación de las autoridades».

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    Tiempo de prescripción

Una de las medidas más significativas de esta nueva ley es la extensión del tiempo de prescripción de los delitos más graves cometidos contra las personas menores de edad. El plazo de prescripción de estas infracciones, entre las que se encuentran el maltrato habitual, delitos contra la indemnidad sexual y delitos de lesiones entre otros, empezará a contar a partir de que la víctima haya cumplido 35 años. David Mesón, letrado y socio de Sagarminaga Abogados, explica que «este cambio implica que estos delitos no puedan prescribir, al menos, hasta que la víctima cumpla 40 años, frente a los 23 de ahora y en los casos más graves el tiempo se ampliará hasta los 55 o 60 años».

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Esta medida, que está recogida en el apartado 1 del artículo 132 del Código Penal, es una de las más importantes en este proceso. «Se ajusta a la realidad de las víctimas, como en los casos de delito sexual, que habitualmente se tardan mucho en denunciar», cuenta Sanjuan. Aunque, la experta de Save the children insiste en que «hay muchos pasos previos hasta llegar a este punto. Antes hay otras muchas fases, como la prevención y la detección del problema a tiempo».

La nueva norma también impide que personas que tienen antecedentes por delitos sexuales trabajen con niños. Esta medida ya se había recogido en la Ley 26/2015 del 28 de julio, pero en el nuevo texto normativo se busca una mayor rigurosidad de los delitos que impiden trabajar con menores. Además, se pretende privar de la patria potestad a los penados por homicidio o por asesinato en dos situaciones: cuando el autor y la víctima tuvieran en común un hijo o una hija y cuando la víctima fuera hijo o hija del autor.

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En lo que corresponde a la violencia de género, el Estatuto de la víctima del delito de 2015 ya recogía que los hijos de víctimas de violencia de género iban a ser considerados también como víctimas directas. La regla que ha aprobado el Parlamento pretende «recordar que los niños son afectados directos de esta violencia. Por supuesto, el enfoque de género es necesario para poder solucionar y erradicar las causas de esa violencia, pero también es básico el enfoque de infancia», explica la experta.

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    Derecho a ser escuchados sin evaluar su madurez

Otro gran avance es el derecho que otorga esta ley a que los niños sean escuchados en todo momento sin necesidad de que se evalúe su madurez. Es fundamental que los más pequeños tengan voz en todos los procedimientos que les afecten y se establezcan entornos seguros en ámbitos tan importantes como internet, la familia o centros educativos. Para Mesón, el objetivo de esta modificación es «proteger al menor de una forma integral y muy similar al de una víctima de violencia de género, recibiendo asesoramiento tanto psicológico como jurídico por profesionales especializados».

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Del mismo modo, es importante la introducción de mecanismos adaptados, seguros y confidenciales para que la infancia pueda comunicar situaciones de violencia. También es importante que se refuerce la prevención a través de la educación y la formación de los profesionales especializados, para dar una atención integral a las víctimas de violencia a través de servicios especializados. En relación a esto, Sanjuan explica que «para que un niño pueda dar el paso a denunciar, es importante educar y formar para que hagan prevalecer sus derechos».

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