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El COrreo
Viernes, 19 de junio 2020, 00:24
La crisis sanitaria también trae consigo novedades respecto a la forma de votar por correo de cara a las elecciones del próximo 12 de julio tanto en Euskadi como en Galicia. Por ello ,y para mantener la seguridad de los ciudadanos y trabajadores, Correos ha adaptado su servicio en relación a los trámites necesarios para los procesos electorales. Estos son los pasos que hay que dar para ejercer el voto, un proceso que debido a la pandemia del coronavirus cuenta con algunas novedades.
1.
La solicitud del Certificado de inscripción en el Censo Electoral puede emitirse desde cualquier oficina de Correos de España hasta el jueves 2 de julio inclusive. Conviene tener en cuenta la fecha, ya que este trámite es imprescindible para poder votar por correspondencia. En las oficinas, esta petición se debe realizar personalmente por cada elector excepto en caso de enfermedad o discapacidad - siempre y cuando esté acreditada por una certificación médica oficial- que impida la formulación. En este caso, puede ser presentada en nombre del elector por otra persona autorizada notarialmente o consularmente.
2.
Para acreditar su identidad, el interesado debe traer consigo su DNI, pasaporte o carné de conducir originales.
3.
Sí. Esta es una de las novedades. Y, es que, por primera vez los electores pueden pedir el voto a través de la página web de Correos, sin necesidad de acudir presencialmente a una oficina. Sin embargo, también se debe acreditar la personalidad con firma electrónica, certificados de personas física reconocidos por el Ministerio de Industria así como el DNI electrónico.
4.
A partir del 22 de junio, la oficina del censo electoral envía por correo certificado la información necesaria para depositar el voto. Este proceso de entrega, también experimenta ciertos cambios. El cartero comprobará la identidad del votante a través del DNI, pasaporte o permiso de conducir y anotará el número del documento para confirmar que se han recibido sobres y papeletas.
5.
Otra fecha y hora para señalar en el calendario: el plazo finaliza el 10 de julio a las 14 horas ¿Cómo? En una oficina de Correos con toda la documentación necesaria: un sobre modelo oficial dirigido a la mesa electoral, certificado de inscripción en el censo y, por supuesto, el voto.
No obstante, también se puede entregar al cartero en el momento en el que se reciba la documentación a cambio de un justificante acreditativo del depósito del voto.
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