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¿Puede sustituirme un familiar en mesa electoral el próximo 12 J?

¿Puede sustituirme un familiar en mesa electoral el próximo 12 J?

Alegaciones y excusas para rechazar las funciones de presidente o vocal se acumulan estos días en las juntas de zona

Miriam Najibi

Lunes, 22 de junio 2020, 07:17

Quizá la suerte haya querido que forme parte del total de 24.000 ciudadanos que integrarán las mesas electorales del próximo 12 de julio. Presidentes, vocales y suplentes son piezas fundamentales en el engranaje de la democracia y, por lo tanto, la Ley es estricta en este sentido: estos cargos son de obligatorio cumplimiento, no presentarse en la mesa está tipificado con un delito de multa o prisión de hasta tres meses a un año. Pero, el peso de los deberes cívicos no tiene el don de la oportunidad para todos.

Durante estos días, las juntas electorales de zona no dan abasto recogiendo alegaciones y excusas de aquellos que han sido designados para estar en el colegio electoral. Una vía a la que se puede recurrir a lo largo de los siete días siguientes de recibir el aviso. Eso sí, zafarse de la responsabilidad ciudadana no es nada fácil y para ello es necesario pertrecharse de una razón contemplada dentro de los casos puntuales recogidos por la Junta Electoral Central. Y, no solo eso, es necesaria una justificación sólida y documentada que se estudiará.

Con todo esto, a más de uno se le habrá pasado por la cabeza la opción desesperada de la sustitución ¿Es legal intercambiar tus funciones de mesa?

Sí, pero con matices. Si se acepta la alegación que le permitirá no acudir a la mesa electoral, su cargo derivará al suplente inmediato en la lista. ¿Qué sucedería si se denegase mi excusa? «Si las alegaciones presentadas no son aceptadas, se contempla la sustitución», explican fuentes de la Junta de Zona de Vitoria. Estos organismos aceptan esta «solución intermedia» para facilitar la formación de las mesas electorales.

Ojo, porque la voluntad no lo arregla todo . «Tiene que ser alguien que no solo esté dispuesto a asumir el puesto, sino que también vote en el mismo centro electoral y en la misma mesa. Por lo que, cuando esta situación se da, el sustituto casi siempre suele ser un familiar directo que esté empadronado en el mismo domicilio», exponen expertos en derecho electoral.

En cualquier caso, «no vale ir el mismo día de las elecciones y que en vez de ti, aparezca la persona sustituta». Las fuentes consultadas recuerdan que las mesas deben estar constituidas desde las 8 horas de la mañana. Por lo que, si se diera este caso, los interesados en el cambio deberían acudir «cuanto antes» a la junta de zona con sus respectivos DNI, la citación, así como la documentación del rechazo de la excusa para que el organismo apruebe el trueque de funciones.

Como los límites de la picaresca son indefinidos, los expertos advierten que está «totalmente prohibido y penado» el intento de contratación, venta o compra de cargos en mesa, que en esta ocasión tendrán una recompensa económica de 85 euros.

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