Borrar
¿Podría un jugador del Athletic librarse de estar en la mesa electoral?

Elecciones municipales 2023

¿Podría un jugador del Athletic librarse de estar en la mesa electoral?

En principio, ni obispos ni punteros jugadores ni profesionales de emergencias deberían librarse si son sustituibles... pero eso lo decide la junta electoral de cada zona

T. Nieva

Sábado, 29 de abril 2023, 01:27

Estos días están llegando las notificaciones para formar parte de las mesas electorales en las elecciones del 28 de mayo, en las que los ciudadanos se van a enfrentar a un abanico de papeletas para elegir a los líderes locales, forales y del Parlamento europeo. Y muchos, más que devanarse los sesos sobre a qué partido votar, lo que están pensando -tienen una semana para hacerlo- es qué alegar para 'librarse' de estar en los colegios como presidentes o vocales. Al final, son once intensas horas viendo pasar gente ante ti: hay que estar atento al proceso, hacer recuento... y cancelar cualquier otro plan dominical, claro, algo que no resulta muy atractivo para gran parte de la población. A la mayoría, la dieta de 70 euros no les compensa el hecho de tener que pasar el día entregados al engranaje de la democracia. Así que algunos -sobre todo aquellos a los que ya les ha tocado- intentarán zafarse de sus deberes cívicos con alegaciones ante las juntas electorales de su zona. No lo van a tener nada fácil si los motivos no cuentan con una justificación bien sólida. Estos organismos, que estudian caso por caso, intentan ser implacables y, sobre todo, tratar a todos los ciudadanos igual, haciendo bandera de los principios democráticos. Expertos de las juntas electorales explican casos en los que las alegaciones serían válidas y algunos, muy llamativos, en los que no. «Es que, si abres la mano... sería el caos», afirman.

¿Un jugador del Athletic se libraría el 28-M?

Este año, el fin de semana de las elecciones hay partidos de Liga, aunque no se sabe si al Athletic le tocará saltar al terreno de juego el domingo. El rojiblanco Iñaki Williams se 'libró' de formar parte de la mesa electoral en 2015, un día que los rojiblancos jugaban contra el Levante, porque el club argumentó -con inteligencia- que la presencia de Williams en un colegio electoral de Deusto afectaría al normal desenvolvimiento de las elecciones. «Es un recurso que se emplea mucho en casos relacionados con famosos, porque nos podríamos encontrar con centenares de personas que se se acercarían hasta allí para verle, fotografiarle y pedirle autógrafos», explicó entonces un abogado al tanto del recurso rojiblanco.

«Fuese cual fuese la argumentación dada, lo cierto es que ser futbolista es un trabajo más, como el de cualquier persona», explican desde las juntas electorales. «Ha habido jugadores vascos que lo han intentado y no les ha valido», desvelan. Eso sí, de categorías inferiores. ¿Por qué las diferencias? Los expertos subrayan una y otra vez que cada junta electoral de zona se rige por unos principios generales, pero después son soberanas en sus decisiones. Así, un mismo caso podría ser resuelto de distinta forma por diferentes juntas. De este modo, el 28 de mayo podría usted ver en su centro de votación a algún jugador rojiblanco, si es que a la junta no le vale como excusa lo del revuelo de la fama.

¿Y si es médico, bombero o efectivo de las fuerzas de seguridad?

«Estamos en lo mismo. Son trabajos. Son casos llamativos, pero, si te pueden sustituir, te tocaría ir a la mesa, como a todo el mundo», apuntan. Aunque, claro, si la persona «es un especialista muy concreto que ese día se necesita» y hacerle ir a la mesa supone problemas graves, se puede ser flexible. El reglamento libra a profesionales «de importancia vital» para la comunidad, aunque es un concepto muy discutible y subjetivo.

¿Y qué pasa con los periodistas?

Los periodistas, para los que la jornada electoral es un día de mucho trabajo, no se libran. Únicamente los directores de los medios o los jefes de servicios informativos que cubren las elecciones. Del resto se supone que no son imprescindibles y, por tanto, son carne de mesa.

¿Los religiosos que tienen misas deben desatender a sus fieles?

Efectivamente. Por muchas homilías que tengan ese domingo, sus deberes cívicos en elecciones están por encima de los espirituales. Ya ha pasado hasta con obispos. En los comicios europeos de mayo de 2014, Mario Iceta, prelado de Bilbao, fue presidente de un colegio electoral en Indautxu. Era suplente, pero al no presentarse el titular debió ejercer. Alegó compromisos pastorales para no tener que acudir, pero su recurso fue desestimado y finalmente tuvo que ocupar su puesto en la mesa.

Ojo con la excusa del viaje

Ahí las juntas electorales son más tajantes. Los anteriores comicios coincidieron con el final de la semana de Pascua, una época con mucha gente de vacaciones o regresando de ellas, así que hubo quien alegó que tenía un viaje previsto... y no a todos les valió la excusa. «Si se contrataron y pagaron antes de la fecha de publicación de los comicios, sí vale. Pero, si ya sabes qué día son las elecciones y coges un viaje, hazlo con seguro de cancelación, porque se entiende que lo haces bajo tu cuenta y riesgo y no te valdría como excusa», advierten desde las juntas electorales.

¿Y las mujeres maltratadas que están protegidas por órdenes de alejamiento?

El reglamento recoge que ser víctima de un delito, declarado o presunto, por el cual se imponga una prohibición de alegación podría ser un motivo para no formar parte de la mesa electoral. En el caso de las mujeres maltratadas, la junta puede entender que, si el agresor vota en ese colegio o es de la zona, «no se garantizaría el cumplimiento de la orden de alejamiento», por lo que, seguramente, fallaría en favor de la mujer.

¿Anarquistas y antisistema?

«Yo, desde luego, eso no lo admitiría. A ver cómo lo justificas. Y, si lo haces, van después todos y te argumentan lo mismo... No puede ser», zanjan los expertos de las juntas electorales. Este es un temor determinante en sus decisiones: no pueden dejar una puerta abierta al escaqueo.

¿Como pueden 'librarse' quienes cuidan a dependientes?

«Deben aportar toda la documentación que puedan, recurrir a servicios sociales o médicos de cabecera que les hagan justificantes», indican. Y alegar que nadie puede sustituirles, claro.

Otros supuestos

- Embarazadas: Se libran a partir de los seis meses y las mujeres en periodo de descanso maternal. Si estás embarazada de menos meses, pero en una situación de riesgo, el caso se estudia. Si el bebé es menor de 9 meses, también te excluyen por el periodo de lactancia.

- Pensionistas: Aquellos incapacidad permanente y gran invalidez no tienen que cumplir con este deber.

- Estar en la cárcel o en centros psiquiátricos te invalida como miembro de la mesa.

- Personas con discapacidades son declaradas exentas.

- Dolencias y enfermedades: Si estás de baja, te libras. Si no, el caso se estudia.

- Cambio de residencia habitual a otra comunidad: Se valorará si el designado está en este caso y, además, justifica la dificultad de formar parte de la mesa.

- Bodas, bautizos, comuniones... Si el día de las elecciones tienes una celebración de este tipo y hay un perjuicio económico por la cancelación, te libras. Si no, la junta lo valora.

- Operaciones y pruebas médicas relevantes: Suelen admitirse en las alegaciones.

¿Cómo plantear tu excusa?

Los designados disponen de un plazo de siete días desde que reciben la notificación en sus domicilios para justificar y documentar la causa que les impide desempeñar el cargo. Para ello, deberán rellenar una solicitud de excusa y personarse en la junta electoral de su zona con la siguiente documentación: fotocopia del DNI, pasaporte, NIE o carné de conducir, fotocopia del nombramiento de la mesa electoral, solicitud de excusa cumplimentada y fotocopias de los documentos que justifiquen la renuncia y originales para su cotejo.

La junta deberá resolver la situación en un plazo de cinco días y, a continuación, comunicar la sustitución al primer suplente. Si posteriormente cualquiera de los designados no pudiera desempeñar su cargo, habría de comunicarlo al menos 72 horas antes del acto, aportando las justificaciones pertinentes. En caso de que el impedimento apareciese después de este plazo, el aviso tendría que realizarse de manera inmediata y, en todo caso, antes de la hora de constitución de la mesa para que la junta pueda convocar al suplente y nombrar a otro si fuera preciso.

Publicidad

Publicidad

Publicidad

Publicidad

Publicidad

Esta funcionalidad es exclusiva para suscriptores.

Reporta un error en esta noticia

* Campos obligatorios

elcorreo ¿Podría un jugador del Athletic librarse de estar en la mesa electoral?