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El SMS que envía la Seguridad Social a los padres de recién nacidos por la prestación por nacimiento

El SMS que envía la Seguridad Social a los padres de recién nacidos por la prestación por nacimiento

El INSS avisa por mensaje de texto móvil a los potenciales beneficiarios de la prestación por nacimiento y cuidado del menor para que lo soliciten

Jorge Murcia

Lunes, 28 de octubre 2024, 00:19

Desde el pasado 24 de septiembre los padres que hayan tenido un hijo están recibiendo un mensaje de texto móvil (SMS) enviado por el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) para informarles sobre su derecho a beneficiarse de la prestación por nacimiento y cuidado del menor.

Esta prestación, que sustituye y unifica desde abril de 2019 en una única modalidad las de maternidad y paternidad, tiene como objetivo proteger los periodos de descanso y permisos derivados del nacimiento de un hijo, o la adopción (o guarda con fines de adopción) y el acogimiento familiar.

El mensaje, que se envía automáticamente a los progenitores tras la inscripción de un recién nacido en el Registro Civil, está redactado de la siguiente forma: «Hola [Nombre], el Registro Civil ha comunicado a este Instituto Nacional de la Seguridad Social el nacimiento de tu hijo/a con fecha [fecha], puedes solicitar la prestación de nacimiento y cuidado de menor en el Instituto Nacional de la Seguridad Social: https://run.gob.es/bhg_pide_nycm».

Estos mensajes, informa la Seguridad Social, forman parte del proyecto de SMS «proactivos» que han comenzado a enviar el INSS «para facilitar el acceso a prestaciones clave y mejorar la comunicación con los ciudadanos».

Pueden acogerse al permiso los trabajadores -asalariados o autónomos- siempre que estén cotizando, disfruten de los periodos de descanso o excedencia por nacimiento o cuidado de menores, y acrediten los periodos mínimos de cotización a pagar en cada caso.

No obstante, también pueden ser beneficiarios los trabajadores asalariados o autónomos que, en caso de parto, cumplan con los requisitos fijados para acceder al subsidio, «excepto el periodo mínimo de cotización».

La cuantía de la prestación equivale al 100% de la base reguladora correspondiente, que en este caso será la misma establecida para la prestación de incapacidad temporal derivada de contingencias comunes.

Se cobrará durante el tiempo que dure el periodo de descanso o licencia, conforme a lo estipulado en el Estatuto de los Trabajadores y, en el caso de los funcionarios, en la Condición Básica del Empleado Público.

Cómo solicitarla

El SMS incluye un enlace directo para solicitar la prestación «de manera rápida y sencilla a través del portal TUSS (Tu Seguridad Social), sin que sea necesario tener un certificado digital. También se puede pedir por correo postal, o de forma presencial en los Centros de Atención e Información de la Seguridad Social (CAISS), previa solicitud de cita.

Los beneficiarios cuentan, además, con el asistente virtual ISSA para guiarles durante el proceso. Se trata de un 'chatbot' accesible desde la portada de la página web de la Seguridad Social, disponible a cualquier hora todos los días del año.

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