La ministra de Seguridad Social, Elma Saiz. Efe

Cómo 'comprar' a la Seguridad Social las cuotas por mis años no cotizados como becario

El pago de cotizaciones sociales requiere la firma de un convenio especial en la página web del organismo público

Jorge Murcia

Miércoles, 29 de mayo 2024, 00:18

El Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones ha llegado a un principio de acuerdo con los agentes sociales (sindicatos, asociaciones de científicos, etc.) sobre los términos del convenio que permitirá 'comprar' cotizaciones sociales a los becarios que no cotizaron en sus periodos de prácticas formativas. Un acuerdo del que se podrán beneficiar alumnos de prácticas formativas y académicas externas, becarios, y doctorandos participantes en programas de formación investigadora.

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Estos antiguos becarios pagarán cuotas de entre 40 y 140 euros por cada mes que quieran recuperar para su carrera de cotización. Además, podrán abonarlas a plazos. La firma del convenio especial con la Seguridad Social permite a este colectivo 'comprar' a un precio razonable el tiempo trabajado pero no cotizado durante sus prácticas. De ese modo, esas personas quedan cubiertas por contingencias como la incapacidad permanente derivada de enfermedad común y accidente no laboral, viudedad, orfandad, y jubilación.

Para suscribir el convenio es necesario acreditar la realización de la formación en el periodo exigido por la normativa. Los alumnos de prácticas formativas no remuneradas deben haberlas realizado antes del 1 de enero de 2024. En el caso de las no remuneradas se tendrá en cuenta el periodo anterior al 1 de noviembre de 2011. También pueden acogerse al convenio los doctorandos participantes en programas de formación investigadora antes del 4 de febrero de 2006.

Además, hay que reunir la documentación acreditativa de las prácticas realizadas y de sus periodos de duración, «con el número de días concreto en que se han realizado».

Cómo hacer la solicitud

En un principio la solicitud se debía presentar a partir del próximo día 1 de junio, y durante un plazo de dos años. Sin embargo, la modificación de la orden ministerial del pasado 1 de mayo, que debe incluir los nuevos términos del acuerdo, no podrá materializarse antes del sábado. Por eso los sindicatos recomiendan a las personas afectadas que esperen a que se formalice la tramitación de la nueva normativa antes de pedir la firma convenio.

- Certificado digital, DNI electrónico o cl@ve permanente

La solicitud, tal y como explica la Seguridad Social en su portal de internet, se podrá cursar a través de los canales indicados en el apartado 'Alta, baja o variación de datos del convenio especial' de la sección 'Trámites y Gestiones' en la página web de la Seguridad Social.

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La sede electrónica del organismo público permite solicitar el alta cumplimentando un formulario electrónico, que sustituye al modelo TA.0040. Para acceder a este servicio se requiere certificado digital, DNI electrónico o cl@ve permanente.

- Importass

Otra vía, si no se dispone de estas herramientas de identificación, es la de Importass, el portal con información y servicios de tramitación de la Seguridad Social se accede al apartado 'Enviar una solicitud'. Allí hay que elegir la categoría 'Convenios especiales', onde se puede solicitar el alta, la baja, la variación de datos, la reanudación o suspensión de un convenio especial.

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Para usar esta vía sólo se necesita aportar una copia de ambas caras del DNI, y un selfi con la cara delantera del documento identificativo.

En el momento en que que se presenta la solicitud comienza el plazo de seis meses en el que la Seguridad Social debe resolverla y notificar su respuesta. La falta de resolución expresa en ese periodo de tiempo supondrá la estimación de la solicitud por silencio administrativo.

En relación al pago de las cuotas, el convenio especial surte efectos a partir del mes siguiente en que se haya formalizado la suscripción. El derecho a las prestaciones cubiertas por el convenio (incapacidad, viudedad, orfandad y jubilación) será efectivo cuando se haya ingresado la totalidad de la cotizaciones previstas en el acuerdo.

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