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Seguridad Social: la exagerada cuota que han pagado los nuevos autonomos en 2023

La exagerada cuota que cobra la Seguridad Social a los nuevos autónomos en 2023

El sistema ha cobrado a 8.000 nuevos emprendedores 220 euros más de lo que debía

a. mateos

Domingo, 5 de febrero 2023, 00:49

Los nuevos autónomos de la Seguridad Social que se dieron de alta entre 1 y el 9 de enero, se han dado un buen susto en enero. La Seguridad Social les ha cobrado la cuota mínima que roza los 300 euros, en vez de la tarifa plana que les correspondería como nuevos adscritos. Esta cuota exclusiva es de solo 80 euros. La propia Seguridad Social ha confirmado que se trata de un error informático y que devolverá, en principio en marzo, lo cobrado de más.

El ministerio que dirige José Luis Escrivá estima que esta incidencia ha afectado a unas 8.000 personas y confirma que ya trabaja para que en febrero no se repita la cuantía del cargo. Los afectados deberán estar atentos a su correo electrónico donde se les enviará un email con las instrucciones para recibir los 220 euros que les pertenecen.

La Seguridad Social también ha aclarado que no existe ninguna disparidad ni error en las cuotas de enero cobradas a los autónomos en base mínima, con la aplicación del nuevo Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA), que entró en vigor el 1 de enero.

El Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones ha explicado que este primer mes de aplicación del nuevo RETA se han dado dos situaciones para aquellos autónomos que cotizaban por la base mínima al final del año pasado. De esta forma, a los trabajadores por cuenta propia que no tenían solicitada la revalorización automática de su base de cotización se les ha aplicado un incremento de 0,6 puntos porcentuales por la aplicación del Mecanismo de Equidad Intergeneracional (MEI), de forma que su base de cotización ha pasado a 299.71 euros.

El otro caso que contempla la Seguridad Social es el de los autónomos que sí tienen solicitada la revalorización automática de su base de cotización. A estos, se les ha aplicado ese 0,6% del MEI más subida prevista de la base mínima de cotización del 8,6%, de forma que su cuota se ha situado en 325,48 euros.

El nuevo sistema de cotización de autónomos por ingresos reales, que contará con un periodo de transición de nueve años, hasta 2032, comenzará a aplicarse a partir de este 1 enero, con 15 tramos de cuotas que irán desde los 230 euros hasta los 500 euros y variarán hasta 2025, en función de los rendimientos netos de los trabajadores por cuenta propia.

Nuevas cotizaciones

La nueva tabla de cotización

de los autónomos

2023

Tramos (euros)

Hasta 670

Más de 670 hasta 900

Más de 900 hasta 1.166,70

Más de 1.166,70 hasta 1.300

Más de 1.300 hasta 1.500

Más de 1.500 hasta 1.700

Más de 1.700 hasta 1.850

Más de 1.850 hasta 2.030

Más de 2.030 hasta 2.330

Más de 2.330 hasta 2.760

Más de 2.760 hasta 3.190

Más de 3.190 hasta 3.620

Más de 3.620 hasta 4.050

Más de 4.050 hasta 6.000

Más de 6.000

Cuota mínima actual

230

260

275

291

294

294

310

315

320

330

350

370

390

420

500

294

2024

Tramos (euros)

Hasta 670

Más de 670 hasta 900

Más de 900 hasta 1.166,70

Más de 1.166,70 hasta 1.300

Más de 1.300 hasta 1.500

Más de 1.500 hasta 1.700

Más de 1.700 hasta 1.850

Más de 1.850 hasta 2.030

Más de 2.030 hasta 2.330

Más de 2.330 hasta 2.760

Más de 2.760 hasta 3.190

Más de 3.190 hasta 3.620

Más de 3.620 hasta 4.050

Más de 4.050 hasta 6.000

Más de 6.000

Cuota mínima actual

225

250

267

291

294

294

320

325

330

340

360

380

400

445

530

294

2025

Tramos (euros)

Hasta 670

Más de 670 hasta 900

Más de 900 hasta 1.166,70

Más de 1.166,70 hasta 1.300

Más de 1.300 hasta 1.500

Más de 1.500 hasta 1.700

Más de 1.700 hasta 1.850

Más de 1.850 hasta 2.030

Más de 2.030 hasta 2.330

Más de 2.330 hasta 2.760

Más de 2.760 hasta 3.190

Más de 3.190 hasta 3.620

Más de 3.620 hasta 4.050

Más de 4.050 hasta 6.000

Más de 6.000

Cuota mínima actual

200

220

260

291

294

294

350

370

390

415

440

465

490

530

590

294

R.C.

Fuente: UPTA

La nueva tabla de cotización

de los autónomos

2023

Tramos (euros)

Hasta 670

Más de 670 hasta 900

Más de 900 hasta 1.166,70

Más de 1.166,70 hasta 1.300

Más de 1.300 hasta 1.500

Más de 1.500 hasta 1.700

Más de 1.700 hasta 1.850

Más de 1.850 hasta 2.030

Más de 2.030 hasta 2.330

Más de 2.330 hasta 2.760

Más de 2.760 hasta 3.190

Más de 3.190 hasta 3.620

Más de 3.620 hasta 4.050

Más de 4.050 hasta 6.000

Más de 6.000

Cuota mínima actual

230

260

275

291

294

294

310

315

320

330

350

370

390

420

500

294

2024

Tramos (euros)

Hasta 670

Más de 670 hasta 900

Más de 900 hasta 1.166,70

Más de 1.166,70 hasta 1.300

Más de 1.300 hasta 1.500

Más de 1.500 hasta 1.700

Más de 1.700 hasta 1.850

Más de 1.850 hasta 2.030

Más de 2.030 hasta 2.330

Más de 2.330 hasta 2.760

Más de 2.760 hasta 3.190

Más de 3.190 hasta 3.620

Más de 3.620 hasta 4.050

Más de 4.050 hasta 6.000

Más de 6.000

Cuota mínima actual

225

250

267

291

294

294

320

325

330

340

360

380

400

445

530

294

2025

Tramos (euros)

Hasta 670

Más de 670 hasta 900

Más de 900 hasta 1.166,70

Más de 1.166,70 hasta 1.300

Más de 1.300 hasta 1.500

Más de 1.500 hasta 1.700

Más de 1.700 hasta 1.850

Más de 1.850 hasta 2.030

Más de 2.030 hasta 2.330

Más de 2.330 hasta 2.760

Más de 2.760 hasta 3.190

Más de 3.190 hasta 3.620

Más de 3.620 hasta 4.050

Más de 4.050 hasta 6.000

Más de 6.000

Cuota mínima actual

200

220

260

291

294

294

350

370

390

415

440

465

490

530

590

294

R.C.

Fuente: UPTA

La nueva tabla de cotización de los autónomos

Tramos (euros)

2023

2024

2025

225

200

Hasta 670

Más de 670 hasta 900

Más de 900 hasta 1.166,70

Más de 1.166,70 hasta 1.300

Más de 1.300 hasta 1.500

Más de 1.500 hasta 1.700

Más de 1.700 hasta 1.850

Más de 1.850 hasta 2.030

Más de 2.030 hasta 2.330

Más de 2.330 hasta 2.760

Más de 2.760 hasta 3.190

Más de 3.190 hasta 3.620

Más de 3.620 hasta 4.050

Más de 4.050 hasta 6.000

Más de 6.000

Cuota mínima actual

230

250

220

260

267

260

275

291

291

291

294

294

294

294

294

294

320

350

310

325

370

315

330

390

320

340

415

330

360

440

350

380

465

370

400

490

390

530

445

420

530

590

500

294

294

294

R.C.

Fuente: UPTA

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