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iratxe bernal
Jueves, 10 de febrero 2022, 00:29
La Inspección de Trabajo y Seguridad Social ha iniciado una nueva campaña para regularizar salarios y cotizaciones a la Seguridad Social de los empleados del hogar. En esta ocasión pone el foco en quienes están contratados a tiempo parcial y que, por tanto, ... trabajan menos de cuarenta horas semanales para un mismo empleador.
En cuanto a la subida del salario, desde septiembre del año pasado, con la última subida del SMI (al que el Real Decreto 1620/2011 vincula su retribución) los empleados de hogar a tiempo completo deben cobrar al menos 1.125,83 euros brutos al mes en doce mensualidades o 965 euros si el sueldo se abona en catorce pagas. No obstante, este salario siempre podrá ser mejorado a través de un acuerdo individual.
Para quienes no alcanzan las 40 horas, el salario se calcula de manera proporcional, lo que equivale a 7,55 euros brutos por hora según la tabla adjuntada por la Administración en las cartas que esté enviando a los empleadores. En ella no se hace ninguna referencia a la próxima subida del SMI de 965 a 1.000 euros.
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Para calcular el salario neto de los empleados del hogar hay que restar a esos 7,55 euros la cuota de cotización a la Seguridad Social correspondiente. En la actualidad el tipo es del 29,80%. De esa cantidad, un 4,7% corre a cargo de empleado y el 25,1% lo paga el empleador: un 23,60% corresponde a las contingencias comunes -enfermedad común y accidente no laboral- y un 1,50% a las profesionales -enfermedad o accidente derivados del trabajo-.
A este respecto, cabe recordar que sigue vigente la reducción del 20% en la aportación empresarial a la cotización a la Seguridad Social por contingencias comunes para los trabajadores dados de alta desde el 1 de enero. Este porcentaje se eleva hasta el 45% para las familias numerosas, cuando los progenitores trabajen por cuenta ajena o propia fuera del hogar.
Para proceder a la regularización de salario y cotizaciones de las personas trabajadoras del hogar, el titular del hogar familiar habrá de comunicar a la Tesorería General de la Seguridad Social el salario real, que como decimos en ningún caso podrá ser inferior al SMI o la parte proporcional correspondiente a las horas trabajadas.
Se puede hacer a través de Import@ss, la plataforma de trámites online de la Seguridad Social, accesible tanto para el empleador como para el empleado. Dentro de esta, hay una sección específica para el trabajo de hogar y se debe seleccionar la pestaña 'Modificación de datos laborales en empleo de hogar'.
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