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Plan Me Cuida del Ministerio de Trabajo: qué es y hasta cuándo está vigente

'Plan Me Cuida' del Ministerio de Trabajo: qué es y hasta cuándo está vigente

Desde marzo se permite ajustar su jornada laboral (adecuando su salario) a quienes como consecuencia del Covid-19 tengan que cuidar a un familiar

iratxe bernal

Viernes, 4 de septiembre 2020, 00:06

El inicio del nuevo curso escolar coincidiendo con el incremento de los contagios por coronavirus trae de cabeza a muchos padres. Y ya no sólo por una cuestión de salud, sino también por las implicaciones laborales que pueda tener el que los peques den positivo o simplemente tengan que pasar por una cuarentena. Mientras los socios de Gobierno se contradicen sobre si los progenitores que tengan que quedarse en casa para cuidar a hijos en cuarentena podrán acogerse o no a algún tipo de incapacidad temporal aunque ellos no estén contagiados, lo único establecido en firme para facilitar la conciliación en estos casos es el llamado plan 'Me Cuida'.

Este plan fue lanzado tras la declaración de Estado de Alarma para ofrecer a los trabajadores por cuenta ajena la posibilidad de adaptar su jornada laboral para atender a su cónyuge, pareja de hecho o familiares hasta segundo grado de consanguinidad siempre que por razones de edad, enfermedad o discapacidad éstos necesiten de «cuidado personal y directo como consecuencia directa del Covid-19». Este ajuste puede ser una reducción de la jornada pero también un cambio de turno, un horario flexible, el acceso al teletrabajo, la partición de la jornada, el cambio de centro de trabajo o de las funciones que se realizan. Si se opta por la reducción (que podrá ser de hasta el cien por cien de la jornada) ésta irá siempre acompañada de una disminución proporcional del salario.

En cualquier caso, la decisión deberá ser comunicada a la empresa con al menos 24 horas de antelación y podrá ser aplicable incluso si el trabajador ya había solicitado cualquier modificación previa de su jornada por alguno de los motivos reconocidos en el Estatuto de los Trabajadores, entre los que se incluyen el cuidado de los hijos.

Este plan está recogido en el Real Decreto-ley 8/2020 de medidas urgentes extraordinarias para hacer frente al impacto económico y social del Covid-19, el mismo que daba luz verde a los Expedientes de Regulación Temporal de Empleo. En él se especifica que la concreción de la adaptación de la jornada «corresponde a la persona trabajadora» , pero pide que se haga de forma «razonable y proporcionada, teniendo en cuenta las necesidades concretas de cuidado que debe dispensar y las necesidades de organización de la empresa». «Empresa y persona trabajadora deberán hacer lo posible por llegar a un acuerdo», zanja el texto, que también pide consenso a la hora de repartir entre los progenitores (o cuidadores) el «reparto corresponsable de las obligaciones de cuidado» para evitar «la perpetuación de roles».

La vigencia del plan ya ha sido prorrogada en varias ocasiones y ahora mismo cabe la posibilidad de acogerse a él hasta el hasta el 22 de este mes, aunque la ministra de Trabajo ya ha adelantado que se estudia una nueva ampliación, dentro de la negociación con patronal y sindicatos sobre la nueva regulación del teletrabajo y la prórroga de los ERTE.

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