Los trabajadores que no podrán jubilarse hasta los 66 años

Sólo pueden hacerlo antes de esa edad quienes cumplen con la cotización para jubilarse a los 65 años o cumplen con los requisitos para adelantar el retiro

Domingo, 27 de noviembre 2022, 01:43

A partir de enero la edad legal para obtener la pensión contributiva de jubilación se incrementa en dos meses para quedar establecida en 66 años y cuatro meses, aunque quienes tengan cotizados 37 años y nueve meses (tres meses más que este año) podrán pedirla ... a partir de los 65.

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El retraso afecta también a la jubilación anticipada, tanto la voluntaria como involuntaria. Con la aplicación de sus respectivos coeficientes reductores, la primera permite adelantar el retiro dos años siempre que se tengan cotizados al menos 35 mientras que si jubilación viene propiciada por una situación ajena a la voluntad del trabajador el adelanto puede ser de hasta cuatro años si se cuanta con 33 de cotización. Esto hace que en caso de cumplir con los requisitos se puedan jubilar a los 64 y cuatro meses y los 62 y cuatro meses, según el caso.

De este modo, desde 2021 salvo quienes cumplen con la cotización para jubilarse a los 65 años o cumplen con los requisitos para adelantar el retiro, ningún trabajador del régimen general puede retirarse antes de cumplir los 66.

Además, a partir del año que viene también cambia la forma en que se realiza el cálculo para saber cuánto nos queda de pensión. Lo primero que varía es cuánto es necesario para optar al 100%. Ahora son 36 años pero desde enero serán 36 y medio. Será así hasta 2027, cuando se exigirán 37 años.

El segundo cambio está en la forma en que cada mes trabajado 'suma' al cálculo de la pensión. El valor de los primeros 180 (15 años) no va a variar; serán los que nos den derecho a pensión y supondrán el 50% de ésta (el 50% de la base reguladora). Actualmente, cada uno de los 106 meses siguientes aporta un 0,21% de nuestra base reguladora a la suma y, llegados a ese umbral, cada uno de los 146 siguientes aporta un 0,19% de la base reguladora. Así habremos sumado 432 meses (36 años).

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A partir de ahora hay que sumar 438 (36 años y seis meses) lo que hace que también varíe el 'valor' de cada mes. Los 180 primeros siguen representando el 50% de la base; los siguientes 49 aportarán un 0,21% hasta sumar el 10,29% de la futura pensión; y, finalmente, los 209 siguientes sumarán un 0,19% que, en total, representarán un 39,71% de cada una de las pagas.

A estos cambios hay que añadir los que aún no están aprobados (ni detallados) y que podrían entrar en vigor ya a partir de enero, como el cambio del número de años que entrarían en el cálculo de la base reguladora, el destope de las cotizaciones y el aumento de la cuantía máxima de las pensiones.

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