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La ministra Yolanda Díaz comparece en la sede central del SEPE. EFE
La nueva subida de las cuantías del subsidio del SEPE: este será el cobro mensual de los desempleados

La nueva subida de las cuantías del subsidio del SEPE: este será el cobro mensual de los desempleados

La reforma contempla novedades que afectan directamente al bolsillo de los perceptores a partir de noviembre

Lunes, 9 de septiembre 2024, 19:54

La reforma de los subsidios traerá importantes novedades en el cobro mensual de los beneficiarios de estas ayudas. El Real Decreto-ley 2/2024 aprobado en mayo en el Congreso contempla cambios de calado que afectan directamente a los bolsillos de los perceptores de estos ayudas por desempleo mediante un nuevo calculo porcentual escalonado en base al IPREM.

El texto en el que se basa la reforma ya aprobada amplía la cobertura para colectivos como los menores de 45 años sin responsabilidades familiares, trabajadores agrarios eventuales o los empleados transfronterizos de Ceuta y Melilla, además de incluir a los españoles emigrantes retornados sin derecho a prestación contributiva y las personas mayores de 16 años víctimas de violencia de género o sexual.

De esta manera, se eliminan otras líneas de ayuda como la Renta Activa de Inserción (RAI) o el Subsidio Extraordinario por Desempleo (SED), que pasarán a cubrirse a través del Ingreso Mínimo Vital (IMV) que cubre el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS). El IMV también dará amparo a aquellos colectivos que percibían los subsidios destinados los emigrantes retornados, a quienes se les revisa una incapacidad permanente y vuelven a estar disponibles para el empleo al no mantener la reserva del puesto de trabajo en sus empresas y el que reciben las personas liberadas de prisión.

Estas novedades vienen acompañadas de otra que afecta directamente al bolsillo de los beneficiarios de los subsidios. A partir del 1 de noviembre, fecha en la que entrará en vigor el grueso de la reforma, las cuantías mensuales experimentarán una subida de 90 euros al elevarse el porcentaje del IPREM utilizado para su calculo. Las cuantías que se podrán percibir se establecerán, por tanto, de la siguiente manera en tres tramos:

6 primeros meses: 95% IPREM (570 euros, con el IPREM actual).

6 meses siguientes: 90% IPREM (540 euros).

Resto del período: 80% IPREM (480 euros).

Eso sí, hay que tener en cuenta que esta subida no afecta al subsidio específico para mayores de 52 años, tal y como especifica el nuevo Real Decreto ya aprobado. La ayuda se encuentra fijada actualmente en los 480 euros (80% del IPREM), un ingreso que se prolonga hasta que el perceptor pueda jubilarse y que no se verá modificada a pesar de la reforma. ¿El motivo? A diferencia del resto de subsidios, el destinado a este colectivo mantiene la base de cotización por jubilación en el 125% del Salario Mínimo Interprofesional para tratar de blindar una mejor pensión a sus beneficiarios. En 2024, este subsidio ha pasado a cotizar por una base de 1.653,75 euros al mes, ya que el SMI se ha incrementado un 5% hasta alcanzar los 1.134 euros mensuales.

Otras novedades

Otras novedades que afectan a todos los subsidios son la eliminación del mes de espera para poder pedir el subsidio cuando se agota el paro, la supresión de la actual deducción en la cuantía del subsidio por trabajo a tiempo parcial, por lo que estos trabajadores tendrán garantizados los mismos derechos que los empleados a tiempo completo y cobrarán el importe íntegro de la cuantía.

Uno de los principales cambios es la posibilidad de compatibilizar un empleo o una beca con el cobro tanto del subsidio como del paro durante un periodo máximo de seis meses. La reforma introduce esta posibilidad de percibir este ingreso como «Complemento de Apoyo al Empleo», un instrumento de compatibilidad tanto del subsidio de desempleo como de la prestación contributiva con la incorporación laboral. Esta medida, en cambio, entrará en vigor el 1 de abril de 2025.

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