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Jorge Murcia
Lunes, 24 de marzo 2025, 08:42
España es líder mundial en donación de órganos y tejidos, «un gesto altruista, el mayor acto de bondad entre los seres humanos», tal y como lo considera la Organización Nacional de Trasplantes (ONT). Las personas donantes gozan desde este mes de una mayor protección social durante los días en que reciban asistencia sanitaria y no puedan trabajar.
El pasado 20 de diciembre quedó aprobada la Ley 6/24, que entró en vigor el día 3 de marzo. La nueva normativa crea una situación especial de incapacidad temporal (IT) por contingencias comunes para las personas que, de manera altruista, donan un órgano o tejido que servirá para salvar la vida o mejorar las condiciones de vida de un enfermo», según consta en su preámbulo.
Hasta la aprobación de esta ley estos procesos estaban cubiertos por la prestación de IT por enfermedad común, pero se ha creído necesario calificarlos como supuestos especiales con un régimen específico de protección para dotarlos de «una cobertura lo más amplia posible».
Se trata de que la persona donante «no se vea obligada a asumir determinados perjuicios económicos» por ello. Es, además, una reforma exigida desde hace muchos años por las asociaciones de trasplantes y por la propia ONT.
La Ley 6/24 modifica diversas normativas anteriores de manera que para acceder a la prestación ya no se exigirá ningún periodo previo de cotización. Además cubre «tanto los días discontinuos como ininterrumpidos» durante los que la persona no pueda trabajar debido a la preparación médica de la cirugía, como los transcurridos desde el día del ingreso hospitalario para la operación hasta que sea dado de alta.
La cuantía de la prestación equivale al 100% de la base reguladora establecida para la prestación de incapacidad temporal derivada de contingencias comunes. Se abona desde el mismo día de la baja, y corre a cuenta de la entidad gestora o colaboradora que cubra la IT por contingencias comunes. Es decir, el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS), el Instituto Social de la Marina (ISM) o la mutua colaboradora con la Seguridad Social.
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