Iratxe Bernal
Lunes, 20 de noviembre 2023, 00:28
El Ingreso Mínimo Vital (IMV) se cobra de manera indefinida siempre y cuando se mantengan las condiciones de vulnerabilidad por las que se concedió. Según los datos del pasado mes de septiembre, ya ha llegado a 690.214 hogares en los que viven 2.013.439 personas, aunque el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones no matiza cuántos de ellos lo reciben en este momento (esos 690.214 son el total de las solicitudes aprobadas desde la creación del IMV sin restar las ayudas que ya se han retirado) ni señala las cuantías medias que perciben.
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Uno de los requisitos para poder acceder a esta ayuda es tener unos ingresos totales (se suman los de todos los miembros de la familia) por debajo del umbral establecido para el tipo de hogar que corresponda en cada caso. Para garantizar que la situación económica es aún de vulnerabilidad y se sigue teniendo por tanto derecho a la ayuda, cada año se revisan las rentas de los perceptores. Si en el momento en que se hace este control hay más ingresos que los reseñados en la solicitud del IMV, la cuantía mensual que se percibe se recalcula a la baja (para entre ayuda e ingresos propios no superar el umbral permitido) o se suspende su cobro.
En caso de que nos retiren la ayuda nos encontraremos con que automáticamente nos convertimos en deudores de las cantidades «cobradas indebidamente». Es decir, de las recibidas en el tiempo transcurrido desde que, por ejemplo, encontramos un trabajo y la suspensión efectiva del IMV. Según la Autoridad Independiente de Responsabilidad Fiscal de España (AIReF), un total de 47.932 hogares perdieron en 2022 esta renta garantizada y pasaron a deber una media de 2.500 euros a la Seguridad Social.
Ahora el Ministerio trabaja en un decreto para facilitar la devolución de este dinero, así como el de cualquier otra ayuda pública. Para ello ha llevado a Audiencia Pública un real decreto en el que propone que todos los afectados puedan realizar el pago a plazos, una opción antes solo accesible para quienes cumplían unos determinados requisitos. Esos plazos seguirán siendo de al menos 100 euros mensuales y se podrán prolongar durante cinco años. Además, la propuesta suaviza las condiciones por las que quienes sí podían optar al pago fraccionado perdían este derecho. Ahora basta con incumplir uno de los pagos, pero en el futuro será necesario saltarse tres plazos.
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