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La reforma de los subsidios aprobada traerá importantes novedades. El Real Decreto-ley 2/2024 aprobado en mayo en el Congreso contempla cambios en los subsidios por desempleo de calado. Y uno de ellos afecta a aquellos trabajadores a media jornada. A partir del 1 de noviembre, cuando entrará en vigor el grueso de la nueva norma, los empleados que hayan perdido su trabajo a jornada parcial ya no recibirán subsidios parciales, sino que comenzarán a percibir la prestación completa.
Hasta esa fecha, por ahora, los desempleados que habían perdido su puesto a media jornada recibían un subsidio proporcional a las horas trabajadas. Un ejemplo. Un trabajador a media jornada cobraba el 50% del 80% del Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM), equivalente a 240 euros si el IPREM está en 480 euros, como está fijado actualmente. Con la nueva normativa, recibirán el subsidio íntegro.
Esta derogación da luz verde a aquellos con medias jornadas extinguidas percibir el subsidio por desempleo por insuficiencia de cotización o por agotamiento de la prestación contributiva por desempleo, el conocido paro. Siempre y cuando, claro, que se cumplan los requisitos exigidos por el SEPE.
La nueva reforma contempla elevar los subsidios hasta los 570 euros mensuales. Las nuevas cuantías aumentarán al 95% del IPREM durante los primeros seis meses (570 euros al mes en 2024); al 90% en los seis meses siguientes (540 euros al mes) y se mantienen en el actual 80% durante el resto del periodo que dure la prestación. Sin embargo, para mayores de 52 años se queda fijada en los 480 euros al mes, como antes de entrar en vigor la nueva norma. ¿El motivo? Su cotización más elevada, del 125% de la base mínima del Régimen General de la Seguridad Social, y mayor duración.
La duración por insuficiencia de cotización dependerá de lo cotizado previamente y las responsabilidades familiares del perceptor. Aquellas personas con 3, 4 o 5 meses cotizados recibirán el subsidio durante el mismo número de meses. Si se tienen 6 meses cotizados sin responsabilidades familiares, la duración será también de medio año. En el caso de contar con responsabilidades familiares, el subsidio se extenderá hasta 21 meses.
En el caso del subsidio por agotamiento del paro, depende de los días consumidos de la prestación y la edad del solicitante. Los menores de 45 años que hayan agotado al menos 360 días de prestación contributiva recibirán seis meses de subsidio. Los mayores de 45 años sin responsabilidades familiares tendrán que haber consumido al menos 120 días para obtener el mismo periodo. Si cuentan con responsabilidades familiares, sin importar la edad, podrán acceder a un subsidio de hasta 24 meses, si han consumido al menos 120 días de prestación contributiva, y hasta 30 si han consumido 180 días.
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