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Cuidado con los cambios previstos para el SEPE a partir del 1 de noviembre. Es cierto que la reforma de las prestaciones deja prácticamente como está a los requisitos y pautas del subsidio para mayores de 52 años. Hay, sin embargo, algunos matices que cambian que es importante que los solicitantes tengan en cuenta si no quieren ver peligrar el cobro de la ayuda.
El nuevo Real Decreto incluye la supresión del mes de espera que todavía a día de hoy es obligatorio para solicitar el subsidio desde que se agota la prestación contributiva por desempleo, el famoso paro. Es una de las novedades para mejorar la accesibilidad a esta ayuda. También el periodo de reconocimiento se reduce a un trimestre, cuando ahora es de un semestre.
¿Con qué tienen que tener cuidado los perceptores a partir del 1 de noviembre? Son 15 los días hábiles para solicitar el subsidio tras agotarse la prestación contributiva. Deberán estar especialmente atentos para solicitarlo lo antes posible. Esto significa que si aguardan el mes, cuando ya no será necesario, pondrán en peligro el cobro de la ayuda.s.
El Parlamento dio luz verde recientemente al Real Decreto-ley 2/2024. Una normativa que entrará en vigor el 1 de noviembre de 2024. Hasta entonces, las ayudas seguirán tal y como hasta ahora. Hay que tener en cuenta que los mayores de 52 años representan la mitad de perceptores de los subsidios. Para ellos supuso una gran noticia que el Gobierno diera marcha atrás y eliminase los recortes incluidos en el Real Decreto de diciembre, tumbado en el Congreso con el 'no' de Podemos.
De esta manera, seguirán cotizando por el 125% de la base mínima de cotización para que así el día en el que se jubilen puedan tener una mejor pensión. En el Real Decreto de diciembre, el que fue tumbado por Podemos precisamente por esta medida, los mayores de 52 años fueron los grandes damnificados. Se les dejaba fuera del incremento de la cuantía de la que sí se beneficiaban el resto y se les aplicaba una reducción en su cotización que mermaba su futura jubilación.
Es decir, el Real Decreto de diciembre recortaba de forma progresiva su actual cotización del 125% de la base mínima del Régimen General hasta situarla en el 100% a partir de 2028. Esto suponía que, de estar ya desplegada, su actual base de cotización sería de 1.323 euros al mes en lugar de 1.653 euros, una brecha de más de 300 euros. Una medida que finalmente no se efectuará.
La nueva reforma contempla elevar los subsidios hasta los 570 euros mensuales. Sin embargo, para mayores de 52 años se queda fijada en los 480 euros al mes, como antes de entrar en vigor la nueva norma. ¿El motivo? Su cotización más elevada y mayor duración. Con la reforma, las nuevas cuantías aumentarán al 95% durante los primeros seis meses (570 euros al mes en 2024); al 90% en los seis meses siguientes (540 euros al mes) y se mantienen en el actual 80% durante el resto del periodo que dure la prestación.
Al igual que antes de la reforma, el subsidio podrá prolongarse hasta que se alcance la edad de jubilación. También se mantienen los requisitos para acceder a la ayuda.
-Cumplir dicha edad y acreditar los requisitos, salvo edad, para acceder a la pensión por jubilación.
-Cotización: Haber cotizado al menos 15 años, de los cuales al menos 2 dentro de los 15 años inmediatamente anteriores.
-Cotización por desempleo: Haber cotizado al menos 6 años por desempleo en España durante su vida laboral.
-Rentas: Acreditar que se carece de rentas propias superiores al 75% del SMI (850,50 euros al mes en 2024).
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