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iratxe bernal
Lunes, 24 de mayo 2021, 01:43
Por lejano que nos pueda parecer, la clave para entender las recurrentes crisis diplomáticas entre España y Marruecos, y cuyo último episodio hemos vivido la semana pasada en Ceuta, hay que remontarse a 1956, cuando Francia concede la independencia al reino alauita y éste empieza ... a reclamar la soberanía de los enclaves españoles en el norte de África. Ahí arranca un largo enfrentamiento político, pero también militar; en él tuvo lugar la última guerra colonial española, la 'guerra olvidada' del Ifni, un conflicto bélico al que el Gobierno ha puesto este mismo mes punto y final ofreciendo una indemnización a quienes lucharon ella por estar en la mili.
Así, catorce años después de que la Ley de Carrera Militar contemplara la posibilidad de que ofrecer «ayudas nominales» a 1.135 reclutas que, cumpliendo el servicio militar obligatorio, estuvieron integrados en unidades expedicionarias de las Fuerzas Armadas destacadas en el territorio de Ifni-Sahara y participaron en la campaña de los años 1957 a 1959, el BOE ha formalizado la concesión de mil euros a cada uno de ellos «como reconocimiento a su entrega y sacrificio».
Cada uno de estos 1.135 beneficiarios está identificado con nombre y apellido y parte de su DNI en el segundo anexo del real decreto que regula la concesión de estas ayudas y se puede consultar en este link. El listado incluye también a quienes puedan haber fallecido (no olvidemos que cualquier persona con opción a solicitarlas tiene al menos 80 años) y contempla la posibilidad de que sean reclamadas por sus herederos. En estos casos, y si hay más de uno, los mil euros se repartirán «según lo establecido en las últimas voluntades de la persona causante».
Sin embargo, la inclusión en este listado no implica la concesión automática de estas ayudas. Para cobrarlas hay que solicitarlas y esperar a la verificación que realizará el Ministerio de Defensa. En caso de que la solicitud sea aprobada, los mil euros se pagarán de una sola vez.
Las solicitudes se pueden descargar directamente desde el real decreto o desde el tablón de anuncios de la sede electrónica central del Ministerio de Defensa. Una vez completadas podrán entregarse telemáticamente en la propia sede electrónica del Ministerio y, de manera presencial, en sus delegaciones y subdelegaciones. El plazo estará abierto durante los cuatro meses siguientes a la publicación en el BOE del real decreto. Es decir, hasta el 11 de septiembre.
Para tramitar las ayudas los beneficiaros deben acreditar tanto su integración en unidades expedicionarias de las Fuerzas Armadas destacadas en el territorio de Ifni-Sahara como su participación en la campaña de los años 1957 a 1959. Por ello, se puede presentar la hoja de servicios, la cartilla militar o cualquier otro documento oficial de igual carácter probatorio. En caso de que la solicitud la hagan los herederos, deberán presentar copia del DNI del fallecido y el certificado de defunción junto al auto de declaración judicial de herederos o el certificado de actos de última voluntad y copia autorizada del último testamento.
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