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Dos años de prisión y 400.000 euros de multa por cobrar durante 15 años la pensión de su padre fallecido

Dos años de prisión y 400.000 euros de multa por cobrar durante 15 años la pensión de su padre fallecido

La Seguridad Social llegó a abonar 317.465 euros sin percatarse del error

Iratxe Bernal

Jueves, 27 de marzo 2025, 07:19

El Tribunal Supremo ha avalado la condena a dos años de prisión y una multa de 400.000 euros por el disfrute indebido de prestaciones de la Seguridad Social a un hombre que durante quince años estuvo cobrando la pensión de jubilación de su padre fallecido.

En 1998, el Instituto Social de la Marina reconoció al progenitor del acusado una pensión de jubilación que empezó a ingresar mensualmente en una cuenta que éste compartía con su mujer en la Caja General de Ahorros de Canarias (Caja Canarias). El hombre falleció solo un año después y aunque la esposa lo comunicó e incluso obtuvo la pensión de viudedad, la Seguridad Social continuó ingresando la pensión de jubilación del fallecido, «seguramente por razón de una burocracia oxidada», como recoge la sentencia.

En aquel momento, el acusado pasó a ser cotitular de la cuenta de sus padres (el fallecido nunca dejó de figurar) y, en la práctica, se convirtió en el único gestor de sus fondos. De hecho, la utilizó para realizar pagos personales, retiradas de efectivo y transferencias a otras cuentas e incluso llegó a domiciliar recibos. La situación se prolongó incluso tras el fallecimiento de la madre, en 2005, cuando la pensión del padre pasó a ser el único ingreso que se efectuaba en la cuenta.

Y así hasta julio de 2015, fecha en la que Caixabank (entidad en la que se integró Caja Canarias) mejoró sus sistemas de control y, tras descubrir que el beneficiario de la pensión llevaba quince años fallecido, se lo comunicó al Instituto Social de la Marina. En ese momento el total ingresado indebidamente ascendía a 317.465,19 euros. De esta cantidad, la entidad bancaria, que incumplió la obligación de control de la pervivencia del titular de la pensión, devolvió a la Seguridad Social 79.682,36 euros por los pagos de los cuatro años anteriores a la comunicación del fallecimiento.

El acusado fue condenado por la Audiencia Provincial de Santa Cruz de Tenerife a dos años de prisión más una multa de 400.000 euros y la devolución del total pendiente tras el pago de Caixabank, pero apeló asegurando que su madre había notificado la defunción. Y así se lo reconoció el Tribunal Superior de Justicia de Canarias, que revocó la condena y lo absolvió del delito al considerar que no había cometido fraude; sólo se había beneficiado de un error administrativo que no fue corregido por la Seguridad Social.

Sin embargo, el Instituto Social de la Marina no aceptó esta resolución y presentó recurso de casación ante el Tribunal Supremo. El nuevo fallo (emitido con el voto particular de un magistrado que sostiene que la Administración pudo y debió corregir el error) reconoce la negligencia de la Seguridad Social, pero estima que el silencio del acusado agravó el problema, por lo que avala la condena inicial.

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