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El Gobierno vasco aprobó el pasado 29 de septiembre la convocatoria de becas y ayudas al estudio para la escolarización de estudiantes de niveles no universitarios del curso 2020-2021. La cuantía de las ayudas asciende a 60 millones de euros, cinco más ... que en el anterior curso. La principal novedad de esta convocatoria es la deducción para familias cuya situación económica se haya visto gravemente afectada por la crisis sanitaria de la Covid-19. El plazo de solicitud de las becas arrancó el viernes día 9 de octubre y durará un mes, hasta el día 9 de noviembre..
Las ayudas están divididas en dos bloques. Por un lado, las reservadas para los estudiantes de niveles de Educación Infantil, Primaria, ESO y enseñanzas elementales de música y danza. Estas becas pueden contener uno o varios de los siguientes componentes: de cuota, de enseñanza, de desplazamiento, de material escolar, o de comedor.
Por oro lado, también se convocan ayudas para los estudiantes de enseñanzas postobligatorias no universitarias. Entre ellas se encuentran las siguientes: bachillerato; ciclos de Formación Profesional; artes plásticas y diseño (ciclos formativos); enseñanzas profesionales de música y danza; enseñanzas deportivas; y enseñanzas de idiomas en escuelas oficiales de titularidad de la administración pública.
Los componentes de beca que podrá solicitar el alumnado de las enseñanzas postobligatorias son: componente de cuantía fija ligada a la renta del solicitante; de cuantía fija ligada a la residencia del solicitante durante el curso; de beca básica; de cuantía fija ligada a la excelencia en el rendimiento académico; y componente de cuantía variable.
La concesión de las becas está restringida por una serie de requisitos.
Los estudios comprendidos en la convocatoria tendrán que tener carácter oficial y ajustarse a planes de estudio aprobados por la administración educativa. Además, los estudiantes tendrán que cursar alguno de estos estudios en centros autorizados y ubicados en Euskadi. A los alumnos en posesión de un título académico que les habilite para trabajar sólo se les concederá una beca en el caso de que el título de referencia sea un grado inferior al de los estudios que pretende cursar.
Quedan excluidos de las becas los estudiantes de centros privados no autorizados, a menos se examinen en centros oficiales para todas las asignaturas de los estudios que cursen, y los niños y niñas de Haurreskolak. También aquellos alumnos incursos en cualquier causa legal que les inhabilite para ser beneficiarios de subvenciones. Ningún estudiante podrá percibir más de una beca, aunque realice varios estudios al mismo tiempo.
Para los niveles de Infantil, Primaria y ESO, se debe acreditar sólo que el alumnado se encuentre matriculado en el curso escolar. Para el resto de alumnado existen unos requisitos añadidos. Por ejemplo, no estar repitiendo curso. Además, para el segundo curso de las enseñanzas de Grado Superior de Formación Profesional, Artes Plásticas y Diseño y Enseñanzas Deportivas, la persona solicitante deberá haber superado al menos el 80% de las enseñanzas cursadas en 2019-2020.
Los alumnos que pertenezcan a unidades convivenciales en las que alguno de sus miembros haya sufrido violencia de género -debidamente justificada mediante orden de alejamiento, sentencia judicial o informe de los servicios sociales- tendrán derecho a las ayudas aunque no cumplan los requisitos académicos.
La concesión de becas también está restringida por unos umbrales de renta, distintos para cada uno de los dos grupos de estudios en que se divide la convocatoria, y que varían en función del número de integrantes de la unidad convivencial. A la hora de calcular la renta se contemplan una serie de deducciones. Por ejemplo existe una deducción del 10% de la renta de los miembros de la unidad de convivencia cuando el solicitante pertenezca a una familia monoparental. También por familia numerosa, o por cada miembro de la unidad convivencial con discapacidad.
Como novedad, este curso se ha habilitado una deducción del 5% de la renta para solicitantes cuya situación económica familiar se haya visto gravemente afectada por la crisis del coronavirus. enseñanzas elementales de música y danza.
Independientemente de la renta, se denegará la beca cuando el patrimonio conjunto de los miembros de la familia supere una serie de umbrales. En el caso de las fincas urbanas y rústicas, la suma de los valores catastrales no podrá superar los 42.900 euros. Queda excluida de este cómputo la vivienda habitual del solicitante. También se aplican topes a los valores mobiliarios, las actividades comerciales, industriales o profesionales, o a los ingresos procedentes de actividades económicas por cuenta propia (autónomos que tributan por estimación directa u objetiva).
La convocatoria de becas también incluye ayudas al estudio y subsidios para los alumnos con necesidades específicas de apoyo educativo. Beneficiará a estudiantes que necesiten refuerzo educativo por tener algún tipo de discapacidad, trastorno grave de conducta, trastorno del espectro autista o asociada a alta capacidad intelectual que curse alguno de estos estudios: segundo ciclo de Educación Infantil, Educación Primera, Educación Secundaria Obligatoria (ESO), Bachillerato, ciclos formativos de grado medio y grado superior, Formación Profesional básica, así como otros programas de FP para alumnado con necesidades educativas especiales.
Por su parte, los subsidios atenderán tanto a los gastos de comedor como a los de transporte del alumnado con necesidades educativas especiales derivadas de discapacidad o trastorno grave de conducta que pertenezcan a familias numerosas, independientemente de la renta y patrimonio familiar. Estos alumnos deberán acreditar que las personas sustentadoras económicas principales de la unidad convivencial se han visto afectadas laboralmente por la Covid-19, y justificar que durante el estado de alarma han estado en paro, ERTE, ERE o con cierre de actividad en el caso de las personas autónomas, durante un mínimo de 3 meses (duración igual o superior al estado de alarma), y se ha producido una disminución de ingresos en la unidad familiar.
Se rellenarán mediante el formulario de solicitud colgado en la sede electrónica del Departamento de Educación (https://www.euskadi.eus/gobierno-vasco/departamento-educacion/- www.euskadi.eus/eusko-jaurlaritza/hezkuntza-saila/).
Al alumnado que solicitó beca en el curso 2019-2020 y curse estudios en niveles incluidos en la aplicación de gestión de matrícula, se le facilitará un formulario de solicitud ya cumplimentado. Este formulario se podrá recoger en formato papel en el centro docente, o por vía telemática a través de las direcciones electrónicas anteriormente citadas. En este último caso, podrán usar las claves digitales del curso anterior.
El resto del alumnado podrá acceder a la solicitud telemática en la páginas web del Departamento de Educación y proceder de la manera siguiente: acceder mediante certificado digital (DNI, Tarjeta Izenpe,) o Juego de Barcos (B@kq). O, en su defecto, registrarse en el sistema mediante un correo electrónico y uno de los elementos siguientes:
-DIE (Documento Identificativo de Educación) y fecha de nacimiento del alumno o alumna.
-DNI (o NIE en el caso de las personas de nacionalidad extranjera), fecha de nacimiento, y en su caso, el número de su Tarjeta de Identificación de Extranjeros (TIE).
El plazo de solicitudes es de un mes a partir del día posterior la fecha de publicación en el Boletín Oficial del País Vasco (BOPV) de la orden que fija la convocatoria. Dado que la orden se publicó el día 9 de octubre, el plazo expirará el 9 de noviembre.
No obstante, podrán presentarse solicitudes de beca o ayuda fuera de los plazos en los siguientes casos:
-Si se trata de matriculaciones posteriores al plazo de finalización de presentación de solicitudes, siempre que la petición se realice junto con copia de la solicitud de matrícula en el plazo máximo de un mes a partir de la fecha de realización de la matrícula.
-Fallecimiento de la persona sustentadora principal de la familia, o jubilación forzosa de la misma que no se produzca por cumplir la edad reglamentaria, ocurridos después de transcurridos dichos plazos.
-Estudiantes cuya situación económica familiar se viera gravemente afectada por causa justificada.
-En cualquier caso, solo se admitirán nuevas solicitudes hasta el, 30 de abril de 2021.
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