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Jorge Murcia
Martes, 29 de octubre 2024, 00:16
La incapacidad permanente absoluta reconoce la situación de un trabajador que ha perdido la capacidad de desempeñar cualquier tipo de tarea laboral tras haber sufrido una enfermedad o lesión. Estas personas tienen, bajo una serie de condiciones, el derecho a cobrar una pensión.
Algunos de ellos pueden, además, percibir una ayuda extraordinaria del Gobierno, que asciende a 18.000 euros. Son aquellos cuya incapacidad haya sido originada por una de las catástrofes naturales ocurridas entre el 27 de febrero y el 14 de septiembre de este año.
El Consejo de Ministros aprobó el pasado 1 de octubre una serie de ayudas para personas afectadas por emergencias de protección civil de todo tipo, como las depresiones aisladas en niveles altos (las DANAS), los incendios forestales, las fuertes precipitaciones, o los vientos y fenómenos costeros.
Desastres sufridos, específicamente, en 176 zonas de 14 comunidades autónomas: Andalucía, Aragón, Canarias, Castilla-La Mancha, Castilla y León, Cataluña, Comunidad de Madrid, Comunidad Foral de Navarra, Comunitat Valenciana, Extremadura, Galicia, Baleares,La Rioja y Región de Murcia.
Por ejemplo, la DANA que arrasó zonas de las Islas Baleares en agosto, y que incluso hizo necesaria la intervención del Ejército. También los temporales que en los últimos días de febrero afectaron especialmente a zonas de Burgos, Navarra, La Rioja y Zaragoza, que causaron inundaciones en zonas próximas a los ríos. O los incendios forestales registrados en gran parte del territorio nacional durante el periodo incluido en las ayudas.
Estos sucesos provocaron «daños personales en infraestructuras y en bienes públicos y privados que justifican sin duda alguna la intervención de la administración», explicó el ministro del Interior, Fernando Grande- Marlaska, tras la aprobación de la medida.
Las personas afectadas por estas situaciones tienen derecho a percibir las ayudas previstas en la Ley 17/2015 del Sistema Nacional de Protección Civil. Las hay por daños personales (fallecimiento o incapacidad permanente absoluta), por destrucción de enseres de primera necesidad, de la vivienda habitual, etc.
En el primero de los casos se contempla una ayuda de 1.800 euros, que será un complemento a la pensión de incapacidad permanente absoluta.
La persona beneficiaria deberá presentar, ante el Ministerio del Interior o la consejería de Bienestar o Servicios Sociales de la comunidad autónoma, la solicitud debidamente complementada según este modelo, junto con la documentación correspondiente.
En primer lugar, una fotocopia del dictamen -expedido por el tribunal médico correspondiente- que acredita la situación de incapacidad. Además, tendrá que presentar un modelo de designación de cuenta bancaria.
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