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¿Tiene que darte el dentista, el 'fisio' o el psicólogo una factura si te cobra en efectivo?

¿Tiene que darte el dentista, el 'fisio' o el psicólogo una factura si te cobra en efectivo?

Cada vez que pagamos un servicio con la tarjeta de crédito nos dan un comprobante de pago, pero no siempre es así cuando lo hacemos en efectivo... ¿es legal?

Jorge Murcia

Jueves, 3 de abril 2025, 00:17

Cada vez que pagamos un producto o servicio con la tarjeta de crédito nos dan un comprobante de pago. Pero no siempre es así cuando abonamos la compra en efectivo. ¿Deben el dentista, el 'fisio' o el psicólogo darte una factura si te cobra en efectivo? ¿Están obligados, aunque el importe de la adquisición sea mínimo? La respuesta es .

Y ocurre lo mismo con los comercios, sea cual sea la compra realizada. Todos los autónomos y empresarios tienen que expedir y entregar una factura, una obligación recogida por la Ley General Tributaria y la del IVA, y desarrollada en los reglamentos forales de la comunidad autónoma vasca.

Conviene distinguir en todo caso entre ticket de compra y factura completa. El primero es una factura simplificada, un documento con la descripción del gasto que nos entregan cuando realizamos el pago de un producto o servicio, y que debe reflejar con claridad el importe abonado, el NIF del emisor, su nombre o razón social, el número de factura, fecha, operación realizada, y tipo de IVA.

Una factura completa, por su parte, constituye una prueba más avanzada de compra. Ofrece una información más amplia que el ticket, ya que además de los datos del emisor contiene los del comprador. Al igual que la factura simplificada, sirve para deducir gastos de autónomos y empresarios, que además podrán utilizarla para compensar el IVA de su actividad económica: al repercutido en las facturas, y que debe abonar a Hacienda, le resta el soportado en las compras relacionadas con su negocio.

La factura deberá ser completa «en aquellos casos en los que el destinatario sea un empresario o profesional que actúe como tal, con independencia del régimen de tributación al que se encuentre acogido el empresario o profesional que realice la operación», tal y como explican en la Hacienda Foral de Álava. Además, también es obligatorio emitirla en cualquier compraventa «en las que el destinatario así lo exija para el ejercicio de cualquier derecho de naturaleza tributaria».

Campañas de control de Hacienda

Tanto la Agencia Tributaria como las Haciendas Forales realizan campañas recurrentes de control de tickets o facturas. La obligación de emitir y entregar comprobantes de compra es más estricta si cabe desde la implantación de Batuz, la iniciativa de las haciendas vascas para luchar contra el fraude fiscal. Su aplicación obliga a todas las personas que realicen actividades económicas a facturar con TicketBai, un sistema de control de la facturación para garantizar que todo ticket de compra se declare.

De otra forma el cobro en efectivo, sin la opción de pagar con tarjeta, puede encubrir prácticas de economía sumergida. Por eso el Plan Anual de Control Tributario y Aduanero de 2025, recientemente aprobado por el Gobierno, pondrá la lupa sobre ciertos colectivos, «como el de aquellos empresarios o profesionales sin ingresos de tarjetas de crédito (cuando estos sean habituales en el sector en que operen)».

Ahora bien, como recuerda la Organización de Consumidores y Usuarios (OCU), los establecimientos no tienen la obligación de admitir pagos con tarjeta. Muchos sólo lo hacen a partir de cierta cantidad, que pueden elegir libremente. En todo caso, sea en efectivo o con tarjeta, lo que sí están obligados a entregar es el comprobante de pago: ticket o factura completa.

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