¿Cuándo voy a cobrar el ERTE?

Trabajo asegura que «estos días» se tramirarán los expedientes pendientes. Los trabajadores afectados cobrarán mediante un anticipio bancario en cuanto el SEPE comunique al banco su derecho a recibir la prestación

EL CORREO

Lunes, 18 de mayo 2020

Desde la declaración del Estado de Alarma, 3,4 millones de trabajadores están incluidos en algún Expediente de regulación temporal de empleo (ERTE), pero no todos están cobrando el paro que les corresponde. Según la ministra de Trabajo, Yolanda Díaz, de las 300.000 ... prestaciones por ERTE que la semana pasada aún no se habían tramitado solo quedaban por resolver 46.000, algo que aseguró que «en estos días estará resuelto». De cumplirse sus expectativas (ya puestas en entredicho desde el propio SEPE) significaría que todos los afectados por un expediente de regulación temporal de empleo como consecuencia de la crisis sanitaria entrarán ya en la nómina de abril del paro.

Publicidad

Pese a que siguen cotizando en la Seguridad Social, los afectados por un expediente de regulación temporal de empleo pasan a estar técnicamente desempleados, por lo que, en principio y como cualquier otro parado con derecho a prestación, deberían cobrar el paro el día 10 del mes siguiente al de la aceptación del ERTE. El problema está en que una cosa es la fecha de inicio de la tramitación del expediente -cuando la empresa envía la solicitud y única referencia cierta del trabajador durante todo el proceso- y otra, la de resolución, en la que el Servicio Estatal Público de Empleo determina si el ERTE ha sido o no aceptado.

Noticia Relacionada

En teoría, el Real Decreto 8/2020 simplificaba el procedimiento ordinario para tramitar un expediente de regulación de este tipo y preveía el acortamiento de los plazos de resolución, que debían haber quedado en cinco días.

Sin embargo, la avalancha de solicitudes realizadas tras la declaración del Estado de Alarma desbordó desde el primer momento la capacidad del SEPE para cerrar la tramitación al ritmo prometido. Es decir, que ya desde marzo el abono de muchas de las prestaciones se ha ralentizado y a día de hoy hay trabajadores (300.000 según los datos ofrecidos por la ministra) que no han recibido ningún pago, independientemente de la fecha en que su empresa decidera aplicar la medida.

Para paliar la urgencia que esta falta de ingresos ha causado en muchos hogares, el Ministerio de Trabajo ha decido saltarse el calendario habitual y facilitar que las entidades bancarias adelanten el dinero a los trabajadores afectados, que así puedrán recibir la prestación que les corresponda a medida que el SEPE vaya resolviendo los expedientes. Es decir, sin esperar al día 10 del mes siguiente.

Publicidad

El convenio firmado por las asociaciones bancarias AEB, CECA y UNACC permitirá que el SEPE comunique a la entidad financiera el reconocimiento de cada prestación por desempleo para que a partir de ese mmomento el banco ofrezca un anticipo por el importe de la prestación reconocida a los beneficiarios. El convenio, al que cada entidad estimará si se adhiere o no, establece que el tipo de interés aplicable a la operación será del 0% y que no existirá ningún tipo de comisión ni se exigirá ningún aval para su cobro

Este adelanto a la fecha habitual de cobro sólo afectaría a aquellos trabajadores a los que el SEPE reconozca el derecho al subsidio por desempleo desde el 1 de mayo,y tendrá efectos retroactivos para poder recibir las prestaciones debidas desde el inicio de esta crisis sanitaria. Para el resto de trabajadores afectados por un ERTE la fecha de cobro no varía, aunque la mayoría ya cobra de hecho antes del día 10 de cada mes debido a que debido a la situación de emergencia económica desde marzo la mayoría de las entidades bancarias ha optado por adelantar la fecha en que realizan este abono a sus clientes.

Publicidad

Noticia Relacionada

Este contenido es exclusivo para suscriptores

Accede todo un mes por solo 0,99€

Publicidad