![El Supremo decidirá el 16 de febrero sobre el criterio del Superior vasco de anular los 'despidos covid' de PCB](https://s2.ppllstatics.com/elcorreo/www/multimedia/202201/17/media/cortadas/fotopcb-R3NKsOdWJfRFt0pg0XFj90L-1248x770@El%20Correo.jpg)
![El Supremo decidirá el 16 de febrero sobre el criterio del Superior vasco de anular los 'despidos covid' de PCB](https://s2.ppllstatics.com/elcorreo/www/multimedia/202201/17/media/cortadas/fotopcb-R3NKsOdWJfRFt0pg0XFj90L-1248x770@El%20Correo.jpg)
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Ya hay fecha para que el Supremo resuelva sobre el polémico criterio del Superior vasco de declarar nulos los despidos derivados del impacto del covid en las empresas. El pleno de la Sala de los Social ha sido convocado el 16 de febrero para resolver ... el recurso de PCB, perteneciente al grupo ITP Aero, contra la decisión de TSJPV de anular el ERE de la compañía y obligar a readmitir a los 87 trabajadores despedidos en las plantas de Sestao y Barakaldo.
La sección del Superior vasco que juzgó el caso consideró que se había vulnerado la denominada prohibición de despedir por causas ligadas al covid al entender que los problemas de la empresa no tenían carácter estructural, sino que venían derivadas del parón que la pandemia provocó en los fabricantes de aviones. Tras recordar que en este tipo de situaciones la normativa obliga recurrir a los ERTE, aplicó el criterio del TSJPV por el que se anulan los despidos en esos casos en vez de considerarlos improcedentes, como se hace en la mayoría de comunidades autónomas.
La sentencia sobre PCB, con la nulidad del ERE, llegó solo unos días después de que otra sección del Superior vasco considerase procedente y ajustado a derecho el expediente de Aernnova, otra compañía aeronáutica vasca. Pero, en el caso de la compañía perteneciente a ITP, los magistrados de la sección presidida por Juan Carlos Iturri estimaron que la situación previa a la pandemia «no era realmente negativa», pese a la acumulación de pérdidas desde 2018. Apuntaron que la evolución se empezó a torcer con el covid, con las restricciones a la movilidad que hundieron los pedidos en el sector aeronáutico.
Citaron entonces el artículo que 'prohíbe' despedir por razones vinculadas a la pandemia. «El marco normativo establece que los contratos se suspenden, no se extinguen», concluyeron los magistrados. En consecuencia, aplicaron el criterio de la Sala de lo Social de declarar nulos los despidos. En esta última cuestión hubo un voto particular emitido por la magistrada Maite Alejandro, que abogó por considerarlos improcedentes.
Ante la decisión del Superior vasco, la empresa optó por no reincorporar a los trabajadores despedidos y pagarles el salario mientras se quedaban en sus casas. Por otro lado, en este tiempo se ha producido la venta del grupo ITP Aero por parte de Rolls Royce a un consorcio liderado por el fondo norteamericano Bain Capital, aunque la operación está pendiente del visto bueno del Gobierno, interesado en que entren socios españoles con una participación cercana al 30%. Se da como segura la presencia de la guipuzcoana Sapa, así como del fondo JB Capital, aunque ambos con una participación testimonial. También se contempla la participación del Gobierno vasco mientras que Sapa ha entrado en Indra, lo que podría facilitar el enganche de esta última.
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