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El ministro José Luis Escrivá insistió ayer en que la primera medida que va a adoptar en el marco de la reforma de las pensiones es la modificación del complemento de maternidad aprobado por el Gobierno del PP, debido al caos judicial que se ha desatado. La razón es que el Tribunal de Justicia de la UE declaró este plus «discriminatorio» en diciembre de 2019 al entender que dispensa un trato diferente a los hombres en las mismas condiciones, dado que se abona por el simple hecho de tener dos hijos o más. Desde el fallo europeo los juzgados de lo Social de toda España están dictando sentencias que extienden el complemento a los hombres, lo que puede suponer un extra de 200 euros al mes.
En Euskadi ya hay numerosos fallos en este sentido y un juzgado de Vitoria acaba de dictar uno con una peculiaridad: no limita el reconocimiento del complemento a tres meses antes de la solicitud, sino que lo aplica de forma retroactiva a la fecha en la que comenzó a cobrar la pensión. «Va a recibir los tres años de atrasos, con sus actualizaciones», explica el abogado, Jagoba Luengas.
El caso se refiere a un viudo al que se le reconoció la pensión el 1 de marzo de 2018, con un importe de 1.150 euros. Como tenía dos hijos –de 28 y 25 años– pidió el complemento en marzo de 2020, tras conocer la sentencia europea. Le correspondía un 5% de plus, lo que se traduce en 57,5 euros al mes. La Seguridad Social se lo negó con el argumento de que está reservado para las mujeres. Lo llevó a los tribunales y el Juzgado de lo Social número 4 de Vitoria le dio la razón.
En su sentencia, la jueza esgrime el fallo del TJUE, que declara la normativa española contraria a la directiva europea sobre igualdad. Y es que el argumento establecido para concedérselo únicamente a las mujeres es su «aportación demográfica a la Seguridad Social», algo que también se cumple en el caso de los hombres.
Todas las sentencias emitidas hasta ahora van en la misma línea. La novedad de la de Vitoria es que la magistrada reconoce el derecho a cobrarlo desde el principio, esto es, desde que se le reconoció la prestación de viudedad en marzo de 2018. Defiende que la doctrina del TJUE determina que la regulación española «adolece de nulidad parcial, por tanto, debe de entenderse que tal nulidad tiene efectos 'ex tunc', es decir, 'desde siempre'».
La reforma que ultima Escrivá, ya muy avanzada en la negociación con los agentes sociales, consiste en aplicar unos coeficientes compensatorios a los periodos sin cotizar tras tener o adoptar hijos que elevarán el importe de la pensión. Se extenderán tanto a hombres como a mujeres, pero en la práctica serán ellas las beneficiarias puesto que suelen ser las que interrumpen sus carreras para cuidar a los hijos. El objetivo final es ayudar a cerrar la brecha de género en las pensiones porque las mujeres cobran en Euskadi un 38% menos que los hombres
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