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Sábado, 20 de noviembre 2021, 00:30
Los funcionarios de la Administración General del Estado podrán teletrabajar de manera voluntaria tres días a la semana a partir de enero. La ministra de Hacienda y Función Pública, María Jesús Montero, recordó ayer en su primera comparecencia ante la Comisión correspondiente en el Congreso ... de los Diputados, que su ministerio trabaja en la elaboración de un real decreto ley que regule el teletrabajo dentro de la función pública para que esté aprobado en diciembre y entre en vigor el 1 de enero.
El real decreto respetará el acuerdo firmado con los sindicatos en abril pasado, que contemplaba que los funcionarios del Estado podrían teletrabajar de manera voluntaria tres días a la semana. El objetivo, según la ministra, es incentivar que haya empleados públicos en lugares de residencia en riesgo de despoblación sin que repercuta la calidad de la prestación del servicio público.
A la espera de la aprobación del decreto y pese al acuerdo con los sindicatos en abril, el Gobierno adoptó en septiembre una resolución por la que desde el 1 de octubre el teletrabajo en la Administración General del Estado se restringía a sólo un día a la semana.
Según el texto firmado hace siete meses, el teletrabajo de los funcionarios estatales tendrá carácter voluntario y reversible y estará supeditado siempre a que se garantice la prestación presencial de los servicios a la ciudadanía. No obstante, se podrá autorizar de forma «forzosa» en situaciones excepcionales de fuerza mayor que supongan una restricción de la movilidad, como ocurrió el pasado invierno con la borrasca Filomena o durante el confinamiento.
La jornada de teletrabajo será la que corresponda a cada empleado público de acuerdo con el calendario laboral y las instrucciones de jornada y horarios, y se podrán prever los mecanismos de control para su cumplimiento, como el fichaje, y seguimiento de la gestión y trabajos encomendados en los objetivos previamente fijados.
Esta modalidad no será de aplicación al personal militar de las Fuerzas Armadas, Cuerpos de Seguridad del Estado, personal destinado en establecimientos sanitarios, centros docentes o de apoyo a la docencia, ni a jueces, magistrados, fiscales y demás personal funcionario al servicio de la Administración de Justicia.
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