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Contribuyentes alaveses durante una campaña anterior de la declaración de la renta. Rafa Gutiérrez
Declaración de la Renta 2020 en Álava: calendario, fechas clave y modalidades

Declaración de la Renta 2020 en Álava: calendario, fechas clave y modalidades

La crisis del coronavirus ha obligado a modificar algunos plazos para la presentación de declaraciones en el territorio

Lunes, 16 de marzo 2020, 13:11

Los alaveses son los primeros vascos en conocer las fechas clave de la declaración de la renta correspondiente al ejercicio 2019, si bien algunos de los plazos inicialmente previstos han tenido que ser modificados por la crisis del coronavirus.

¿Quiénes están obligados a hacer la declaración de renta? Los contribuyentes que hayan tenido su residencia habitual en Álava durante 2019 y que a lo largo de ese año obtuvieron rentas sujetas al impuesto. No están obligados a declarar aquellos quienes exclusivamente obtengan rentas de trabajo hasta 20.000 euros anuales. Sin embargo, los contribuyentes que hayan ingresado por ese mismo concepto entre 12.000 y 20.000 euros sí tendrán que presentar la declaración en el caso de que esos rendimientos procedan de más de un pagador. También cuando hayan renovado o prorrogado su contrato de trabajo durante el periodo impositivo.

Asimismo no tienen por qué hacer la declaración los contribuyentes cuyas únicas rentas provengan de rendimientos brutos del capital y ganancias patrimoniales que no superen de forma conjunta los 1.600 euros anuales.

Existen tres modalidades de declaración:

-Rentafácil: son las propuestas de autodeclaración que la Diputación Foral de Álava enviará al domicilio de miles de contribuyentes durante la última semana de este mes de marzo. Una vez recibido el borrador, el ciudadano deberá comunicar su conformidad o solicitar su modificación del 6 de abril al 16 de junio. En ambos casos este trámite se puede realizar a través de internet o del teléfono 9001112020.

No obstante, la crisis del coronavirus ha obligado a aplazar hasta septiembre el servicio presencial en las oficinas de Hacienda para los contribuyentes que no estén de acuerdo con el borrador y soliciten modificarlo. Tienen, además, la posibilidad de acudir al resto de vías (Rentared, entidades financieras colaboradoras o asesorías) desde abril hasta junio, y también en septiembre y octubre.

-Rent@raba: es un servicio para confeccionar las declaraciones de la renta que se presta en las oficinas de Hacienda de la Diputación Foral de Álava. Las entidades financieras colaboradoras autorizadas pueden presentar las declaraciones de los contribuyentes a través de este sistema, así como las gestorías o asesorías acreditadas ante el Ejecutivo foral.

Pueden utilizar esta modalidad todos los contribuyentes del IRPF salvo quienes realicen sus declaraciones en las oficinas de la Hacienda Foral o en las entidades financieras colaboradoras y se encuentren en alguno de los siguientes supuestos: ejercer una actividad económica; haber transmitido la vivienda habitual durante el ejercicio 2019; y realizar el pasado año más de tres operaciones de venta de valores mobiliarios o inmobiliarios.

En principio el plazo de presentación de declaraciones a través de este servicio en las oficinas de la Hacienda Foral comenzaba el día 14 de abril y finalizaba el 23 de junio. Pero la crisis del coronavirus ha obligado a retrasar la campaña presencial al mes de septiembre. Se pretende con esta medida evitar aglomeraciones que puedan favorecer el contagio de la enfermedad.

En el caso de las declaraciones presentadas a través de las entidades financieras y las gestorías -siempre que mantengan ese servicio-, se mantiene la fecha de arranque en el día 22 de abril, si bien se amplía hasta septiembre el periodo de recepción de liquidaciones.

-Rentared: son las declaraciones que realizan los contribuyentes a través del Programa Informático de Ayuda del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y el Patrimonio elaborado por la Diputación Foral y transmitidas por la sede electrónica. Los plazos previstos en esta modalidad también se han visto afectados por la epidemia del coronavirus. La campaña empieza según lo planeado, el 6 de abril, y termina en junio. Pero estos plazos se han ampliado a los meses de septiembre y octubre. Se mantienen las devoluciones en 24/48 horas, pero los pagos a Hacienda (las declaraciones positivas) se retrasan hasta noviembre.

Fuera de Euskadi y Navarra

Aunque de manera provisional -y a expensas de lo que en última instancia marque el plan de lucha contra el coronavirus-, la Agencia Tributaria ha hecho públicas las fechas clave de la campaña de la renta de 2019, dirigida a las comunidades autónomas del régimen común. Es decir, las que no tienen transferidas todas las competencias de Hacienda: todas salvo Euskadi y Navarra. Están obligados a realizar la declaración de la renta todos los trabajadores, a excepción de los que hayan recibido durante 2019 rentas iguales o inferiores a los 22.000 euros y cuenten con sólo un pagador. Los contribuyentes tienen tres vías para ponerse al día con la Agencia Tributaria: presencial, telefónica o por internet.

El plazo general de presentación comienza el 1 de abril y termina el 30 de junio. Entre estas dos fechas se pueden realizar vía internet las declaraciones de renta y de patrimonio, y por teléfono sólo la primera de ellas.

Para los contribuyentes que prefieran hacer la declaración de la renta de manera presencial el plazo empieza el 13 de mayo y finaliza, como el resto, el 30 de junio. Eso sí, cuando el resultado sea a ingresar (con domiciliación en cuenta) el plazo de presentación expira el 25 de junio para todo tipo de declaraciones (presenciales, telefónicas y por internet).

Los contribuyentes que deseen ser llamados por la Agencia Tributaria para la presentación de su declaración de la renta deben concertar cita previa a partir del 31 de marzo a través de internet o en los siguientes teléfonos:

901121224/915357326

901223344/915530071

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