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¿Qué trámites se pueden hacer de forma telemática?

¿Qué trámites se pueden hacer de forma telemática?

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Martes, 20 de noviembre 2018

Desde el pasado 1 de octubre los autónomos están obligados a realizar por vía electrónica todos los trámites relacionados con la afiliación, la cotización y la recaudación de cuotas. Incluye la recepción, por comparecencia en la SEDESS (Sede Electrónica de la Seguridad Social), de las notificaciones y comunicaciones de la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS).

La Tesorería General de la Seguridad Social dispone de dos canales electrónicos a través de los cuales el trabajador autónomo podrá realizar sus gestiones:

El Sistema RED (Remisión Electrónica de Datos).

La Sede Electrónica de la Seguridad Social (SEDESS).

Para acceder a los servicios de la SEDESS, el autónomo debe disponer de un sistema de autentificación que garantice su identidad. La forma más sencilla, aunque hay otras, es a través de un certificado electrónico admitido por la Seguridad Social.

Los trabajadores autónomos cuentan con un amplio catálogo de servicios en la SEDESS para la gestión de los trámites relacionados con la afiliación y la cotización a la Seguridad Social. Como por ejemplo gestionar su propia baja o la de sus trabajadores, cambiar de base de cotización o solicitar informes.

Estas nuevas gestiones telemáticas se unen a las Hacienda, que ya se podían realizar.

Tienen acceso a toda la información detallada en la web http://www.seg-social.es/

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