
¿Qué obligaciones tiene un autónomo en materia de prevención de riesgos laborales?
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Jueves, 13 de febrero 2020, 23:23
Tenemos que distinguir entre autónomos con empleados y autónomos sin trabajadores a su cargo desde el punto de vista de la prevención de riesgos laborales. Respecto a los primeros, el autónomo es considerado empresario y tiene el deber de proteger a los trabajadores a su cargo. Por tanto debe cumplir con todas las obligaciones establecidas en la ley de prevención: evaluación de cada puesto de trabajo, establecimiento de medidas correctoras, formación e información a sus trabajadores, vigilancia de la salud, etc.
Respecto al segundo caso, cuando el trabajador autónomo desarrolla su actividad de manera individual y sin trabajadores a su cargo solo está obligado a comunicar sus riesgos en aquellas situaciones donde trabajan dentro de un centro de trabajo simultáneamente con otras empresas, que es a lo que se denomina 'coordinación de actividades preventivas'. Igualmente debe ser informado de los riesgos del centro de trabajo ajeno y de los riesgos que pueden ocasionarle el resto de actividades.
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