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El derecho a baja de los autónomos

El derecho a baja de los autónomos

Consultorio de autónomos ·

ata

Jueves, 3 de octubre 2019

¿Qué hay que hacer para coger la baja? ¿Cuánto y a partir de qué día se cobra la prestación?

El Real Decreto Ley 28/2018, de 28 de diciembre, modificó la protección social para la cobertura de las contingencias comunes y accidente no laboral, es decir, para las bajas por enfermedad de los autónomos. Desde el 1 de enero, cuando un autónomo enferma tiene derecho a una prestación desde el día 4º al 20º, ambos incluidos, de la baja médica que asciende al 60% de la base de cotización y se toma como referencia la del mes anterior a la baja médica. A partir del día 21 se cobra el 75%. Por esto siempre recordamos que todos los autónomos deben ajustar su base de cotización a la realidad de sus ingresos y que como pueden cambiar de base en cada trimestre, es recomendable hacer bien las previsiones.

¿Quién da la baja? El médico de la Seguridad Social.

¿A quién debo solicitar la prestación? A la mutua colaboradora. El plazo de solicitud es de 15 días, desde la baja médica.

Así, cuando un autónomo, por ejemplo, está quince días enfermo sí tiene derecho a cobrar una prestación con esos requisitos que hemos expuesto. Pero evidentemente, en ese periodo que se está de baja, no se puede facturar.

Hay que diferenciar lo que es una enfermedad común de una enfermedad profesional o de una baja causada por accidente laboral. En este segundo caso la cuantía asciende al 75% de la Base de cotización tomando como referencia la del mes anterior a la baja médica y se abona desde el primer día de la baja.

¿Quién da la baja? El médico de la mutua, y es allí donde se solicita la prestación en un plazo de 15 días desde la baja médica.

Desde el 1 de enero se bonifica la cuota de autónomo a la Seguridad Social a partir del 60º día de la baja médica.

Hay otras bajas como la de paternidad y maternidad que tienen requisitos especiales y otras condiciones de prestación. Recomendamos asesorarse bien con unos meses de antelación.

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